Revisado el 31 de julio de 2026

Qué hacer después de perder el empleo

Las fechas del finiquito, las vacaciones pagadas y la inscripción como demandante condicionan los pasos posteriores.

1. Conserva y revisa la documentación

Guarda la comunicación del fin de la relación laboral, el finiquito, nóminas y cualquier documento relacionado. Comprueba la fecha desde la que se aplica, la causa indicada y si se han abonado vacaciones no disfrutadas.

2. Certificado de empresa

El certificado de empresa contiene datos necesarios para gestionar prestaciones. La empresa suele enviarlo electrónicamente. Comprueba el certificado en la sede del SEPE y pide una corrección si las fechas, la causa del cese o las cotizaciones no coinciden.

3. Inscripción como demandante

La demanda de empleo se tramita ante el servicio público de empleo de la comunidad autónoma; en Ceuta y Melilla la gestión corresponde al SEPE. La inscripción debe mantenerse y renovarse conforme a las indicaciones recibidas.

Consulta cómo inscribirte como demandante de empleo.

Cómo obtener la demanda de empleo.

4. Prestación contributiva

La información del SEPE establece, con carácter general, un plazo de 15 días hábiles para solicitar la prestación contributiva desde el último día trabajado. Cuando se han pagado vacaciones anuales no disfrutadas, el cálculo del plazo empieza después del periodo equivalente.

Si vas a iniciar una actividad, revisa antes de darte de alta la opción de capitalizar la prestación en un pago único. También puedes consultar qué gastos admite el SEPE.

Uno de los requisitos generales de cotización es haber cotizado al desempleo al menos 360 días dentro de los seis años anteriores. Además, debes cumplir el resto de condiciones.

Consultar la prestación contributiva.

Consulta cómo solicitar la prestación contributiva por desempleo.

Comprueba cómo contar el plazo de solicitud.

5. Cuando no alcanzas 360 días o no estás seguro

Si no llegas a 360 días cotizados, no puedes pedir la prestación contributiva. Con al menos 90 días puede corresponderte el subsidio por cotizaciones insuficientes si estás en situación legal de desempleo y cumples los requisitos de rentas o responsabilidades familiares.

Consulta el subsidio por cotizaciones insuficientes y comprueba antes cuántos días cotizados tienes disponibles. Las cotizaciones utilizadas para este subsidio no se guardan para una prestación posterior.

6. Si vuelves a trabajar y el contrato termina

Comunica el inicio del trabajo al SEPE. Cuando termine el contrato, revisa si debes reanudar la prestación suspendida o si has generado una nueva. Si puedes elegir entre ambas, compara la duración y la cuantía antes de ejercer el derecho de opción.

7. Si se agota la prestación

Consulta cómo solicitar el subsidio tras agotar el paro y qué pasos preparar cuando termina la prestación.

Antes del último pago, revisa si puedes solicitar un subsidio y qué requisitos debes acreditar. La edad, las rentas, las responsabilidades familiares y la duración de la prestación agotada cambian el resultado.

8. Cómo calcula QueTramito

El planificador suma 15 días hábiles descontando sábados, domingos y los festivos nacionales y autonómicos de 2026 correspondientes a la comunidad indicada. No cuenta festivos locales ni algunas particularidades insulares y no sustituye el cálculo del plazo del organismo.

No esperes al último día calculado.

Revisa la sede y solicita cita o presenta la solicitud cuanto antes si ya dispones de la documentación necesaria.

9. Si no estás de acuerdo con una resolución del SEPE

Lee el apartado de recursos de la resolución. Normalmente tendrás que presentar una reclamación previa al SEPE antes de acudir al juzgado de lo social.

Comprueba desde cuándo empieza el plazo de 30 días y guarda el justificante de registro. Si no recibes respuesta, revisa qué ocurre después de 45 días.

Preguntas frecuentes

¿Puedo pedir la prestación antes de que terminen las vacaciones pagadas?

Cuando existen vacaciones pagadas y no disfrutadas, la situación legal de desempleo y el plazo general se relacionan con la finalización del periodo equivalente. Confírmalo con el certificado y el SEPE.

¿Estar inscrito como demandante concede automáticamente la prestación?

No. La inscripción y la solicitud son gestiones relacionadas pero diferentes, y el reconocimiento depende de los requisitos aplicables.

Respuestas relacionadas

Solicitar por internet sin certificado digital

Puedes utilizar la presolicitud del Área Personal del SEPE. Consulta qué cambia si no tienes certificado digital y guarda el justificante del envío.

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