Si empezaste un trabajo por cuenta ajena de menos de doce meses y tu prestación contributiva no se agotó, normalmente puedes solicitar su reanudación al finalizar el contrato. Preséntala dentro de los 15 días hábiles siguientes para evitar perder días de prestación.
Cuándo puedes pedir la reanudación
Debes tener una prestación contributiva reconocida y suspendida, no agotada. Además, la causa que interrumpió el pago debe haber terminado. Si la suspensión se debió a un trabajo, el último cese debe dejarte en situación legal de desempleo.
Qué ocurre si el trabajo duró menos de doce meses
Cuando termina un contrato por cuenta ajena de duración inferior a doce meses, puedes recuperar el periodo que quedaba de la prestación. La reanudación mantiene la base reguladora y el porcentaje que correspondían cuando se suspendió.
Plazo para solicitarla
Solicita la reanudación dentro de los 15 días hábiles siguientes a la finalización de la causa de suspensión. Si la presentas tarde, el SEPE puede reconocerla desde la fecha de solicitud y descontar los días transcurridos desde la fecha en la que habría comenzado si la hubieras pedido a tiempo.
Comprueba tu demanda de empleo
La reanudación exige estar inscrito como demandante de empleo y tener activo el acuerdo de actividad. Si tu demanda lleva menos de 180 días de baja, el servicio autonómico y el SEPE pueden recuperarla automáticamente. Si han pasado más de 180 días, debes volver a inscribirte.
Si has cotizado al menos 360 días de nuevo
Puede aparecer el derecho de opción. Esto significa que tendrás que comparar la prestación anterior con la nueva. El efecto sobre las cotizaciones cambia según el derecho anterior estuviera extinguido o únicamente suspendido, por lo que conviene revisar las dos alternativas antes de elegir.
Cómo puedes presentarla
- Por internet, en la sede electrónica del SEPE.
- Por teléfono, mediante el servicio de atención a la ciudadanía.
- En una oficina de prestaciones, con cita previa.
- En un registro público o por correo administrativo.
Qué conviene preparar
Ten a mano tu identificación, los datos bancarios y la documentación del cese. La empresa suele enviar el certificado de empresa al SEPE, pero conviene comprobar que los datos y las fechas sean correctos.
Después de solicitarla
Guarda el justificante y consulta el estado en el Área Personal del SEPE. Si recibes un requerimiento, aporta lo solicitado dentro del plazo indicado.
La reanudación continúa una prestación ya reconocida. El alta inicial abre un derecho nuevo. Si has acumulado 360 días o más de nuevas cotizaciones, comprueba si debes elegir entre ambas opciones.
Fuentes consultadas
- Suspensión, reanudación y extinción de prestaciones — SEPE.
- Solicitud de prestación contributiva y reanudación — Sede del SEPE.
- Derecho de opción — SEPE.
- Demanda de empleo al reanudar o compatibilizar — SEPE.
También puede ayudarte
- Qué significa derecho de opción
- Qué ocurre con las cotizaciones al elegir
- Cuándo puedes elegir entre dos prestaciones
- Cómo elegir entre la prestación anterior y una nueva
- Reanudar el paro entre contratos cortos.
- Avisar al SEPE al empezar un trabajo.
- Pasos para volver a cobrar el paro después de un contrato.
- Qué ocurre después de una baja voluntaria.
- Organizar los trámites tras perder el empleo.
- Comunicar la salida antes de viajar
- Revisar cómo influye la duración del viaje
- Actuar si la salida no se comunicó
- Entender la reactivación del acuerdo de actividad