El pago único permite cobrar por adelantado toda o parte de la prestación contributiva pendiente para iniciar una actividad. Debes solicitarlo antes de la fecha de alta como autónomo o de incorporación a la cooperativa, sociedad laboral o entidad mercantil.
Quién puede solicitarlo
Puede pedirlo quien tenga reconocida una prestación contributiva por desempleo y quiera:
- Iniciar una actividad como trabajador o trabajadora autónoma.
- Incorporarse de forma estable como persona socia trabajadora de una cooperativa o sociedad laboral, o constituirla.
- Aportar capital a una sociedad mercantil nueva o creada en los doce meses anteriores, siempre que vaya a tener el control efectivo, trabaje en ella y se dé de alta en el régimen correspondiente.
Requisitos principales
- Tener pendientes, en la fecha de solicitud, al menos tres mensualidades de prestación contributiva.
- No haber cobrado el pago único en los cuatro años anteriores.
- No haber iniciado todavía la actividad ni haberte dado de alta como autónomo antes de presentar la solicitud.
- Si impugnaste judicialmente el cese laboral que originó la prestación, esperar a que termine ese procedimiento.
- Presentar un proyecto y la documentación que explique la actividad y el destino del dinero.
Cuándo debes presentarlo
Puedes solicitar el pago único al mismo tiempo que la prestación contributiva o después, mientras mantengas al menos tres mensualidades pendientes. La solicitud debe ser anterior al alta en la Seguridad Social y al inicio de la actividad.
Una vez presentada la solicitud, sí puedes darte de alta e iniciar la actividad antes de que llegue la resolución. Conserva el justificante para demostrar que respetaste el orden.
Qué documentación suele necesitarse
- Solicitud oficial de capitalización.
- Memoria explicativa del proyecto, con actividad, inversión, financiación y previsiones.
- Presupuestos, contratos, facturas proforma u otros documentos que respalden la inversión.
- Documentación de la cooperativa, sociedad laboral o entidad mercantil cuando corresponda.
- Cualquier documento adicional que el SEPE solicite según el proyecto.
Cómo puedes presentarlo
- Por internet, en la sede electrónica del SEPE.
- En una oficina de prestaciones con cita previa.
- En una oficina de registro público.
- Por correo administrativo.
Cuánto puedes recibir
El abono puede alcanzar hasta el 100 % de la prestación capitalizada, limitado a la inversión o aportación necesaria según el tipo de proyecto. Si no utilizas toda la prestación en un solo pago, el resto puede destinarse a subvencionar mensualmente las cuotas de Seguridad Social.
Qué debes hacer después
Debes iniciar la actividad en el plazo máximo de un mes desde la resolución que concede el pago único. Tras recibir el dinero, presenta la documentación que demuestre que lo has destinado al proyecto aprobado. Si cambias la actividad o el destino del importe, informa al SEPE antes de utilizarlo de otra forma.
El SEPE puede reclamar total o parcialmente el importe si no inicias la actividad, no justificas la inversión o destinas el dinero a una finalidad distinta de la autorizada.
Pago único o cobro mensual compatible
El pago único adelanta la prestación para financiar el proyecto. La compatibilidad mantiene el cobro mensual durante un máximo de 270 días. Compara qué significa cada opción antes de iniciar la actividad.
Fuentes oficiales
- Capitaliza tu prestación — SEPE.
- Abono en un único pago — Sede Electrónica del SEPE.
- Impresos y memoria del pago único — SEPE.
También puede ayudarte
- Compatibilizar la prestación por desempleo con el trabajo autónomo
- ¿Cuánto tiempo puedo cobrar el paro siendo autónomo?
- ¿Puedo compatibilizar el paro si cobré el pago único?
- Compatibilidad del paro con el trabajo autónomo
- Comprobar si todavía estás a tiempo de solicitarlo.
- Revisar en qué puedes utilizar el dinero.
- Entender qué significa capitalizar la prestación.
- Ordenar el alta como autónomo.
- Consultar qué gestiona el SEPE.