Pueden ser seguidos o repartidos. La prestación se mantiene si puedes cumplir tus obligaciones, pero debes avisar antes de salir y confirmar el regreso.
Cómo se cuentan los 30 días
Se suman las estancias en el extranjero realizadas dentro del mismo año natural. El SEPE indica que el día de salida y el día de regreso son días de desplazamiento y no se incluyen como días de estancia fuera.
El límite no significa que tengas vacaciones. Mientras cobras una prestación debes mantener la disponibilidad exigida, atender citas y acciones ya programadas y cumplir el acuerdo de actividad.
Si vas a estar entre 31 y 90 días
La prestación se suspende durante la estancia. Debes comunicar la salida antes del viaje y obtener autorización del SEPE. Al volver, tendrás que confirmar el regreso y solicitar la reanudación cuando corresponda.
Si vas a estar más de 90 días
Cuando el motivo no es buscar o realizar un trabajo, perfeccionamiento profesional o cooperación internacional, una estancia superior a 90 días extingue la prestación o el subsidio.
Si el traslado se debe a uno de esos motivos, puede suspenderse durante un periodo continuado inferior a 12 meses, siempre que se comunique y autorice antes de salir y se acredite el motivo. Si alcanza 12 meses o más, el derecho se extingue.
Si viajas para buscar empleo en Europa
La exportación de la prestación a un país de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo o a Suiza utiliza un procedimiento específico. Por regla general exige haber permanecido inscrito como demandante durante al menos cuatro semanas, solicitar autorización, obtener el documento U2 e inscribirse en el país de destino dentro del plazo indicado.
Comprueba si tienes una cita, curso, oferta o actuación de inserción pendiente. Una salida de hasta 30 días no elimina las obligaciones de la prestación.
Qué debes hacer antes y después
- Cuenta todas las estancias realizadas durante el año natural.
- Comunica la salida al SEPE y al servicio de empleo autonómico antes de viajar.
- Solicita autorización cuando la estancia supere 30 días o el traslado tenga un motivo laboral o formativo.
- Guarda justificantes de fechas y motivo.
- Confirma el regreso el primer día hábil siguiente y solicita la reanudación si la prestación se suspendió.
Fuentes consultadas
- Traslado al extranjero mientras se cobra una prestación — SEPE.
- Consecuencias y requisitos de la salida al extranjero — SEPE.
- Real Decreto-ley 2/2024 — BOE.