Por ejemplo, para el alta censal de una actividad, el domicilio fiscal, el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) o un certificado tributario.
Qué gestiona la Agencia Tributaria
La Agencia Estatal de Administración Tributaria aplica el sistema tributario estatal y aduanero. Informa y ayuda a cumplir las obligaciones fiscales, pero también comprueba declaraciones y recauda deudas.
- Gestión, inspección y recaudación de impuestos estatales como IRPF, IVA, Impuesto sobre Sociedades, Impuesto sobre la Renta de no Residentes e Impuestos Especiales.
- Alta, modificación y baja en los censos fiscales, además del número de identificación fiscal (NIF) y el domicilio fiscal.
- Certificados tributarios, deudas, aplazamientos, embargos y procedimientos de recaudación que sean de su competencia.
- Aduanas, comercio exterior y lucha contra el contrabando.
- Determinadas funciones de recaudación o colaboración para otras administraciones cuando la norma o un convenio lo establece.
- Deducciones estatales y pagos anticipados que gestiona la Agencia Tributaria, como el modelo 140 de la deducción por maternidad.
- Autoliquidaciones periódicas de actividades económicas, como los modelos 303 de IVA y 130 de pagos fraccionados del IRPF, cuando correspondan.
- Modificaciones de actividades económicas, locales y obligaciones fiscales mediante el modelo 036, incluidas las nuevas actividades de una persona ya dada de alta.
Qué no gestiona
- Altas, bajas y cotizaciones a la Seguridad Social: corresponden a la Tesorería General de la Seguridad Social.
- Pensiones y otras prestaciones de la Seguridad Social: corresponden principalmente al INSS.
- Impuestos y tasas municipales: se gestionan ante el ayuntamiento u organismo local competente.
- Muchos tributos cedidos, es decir, impuestos estatales cuya gestión corresponde a la comunidad autónoma: suelen tramitarse ante esa administración. Un ejemplo habitual es el impuesto de transmisiones de una vivienda usada. Comprueba siempre la administración que figura en el modelo oficial.
- Catastro y Registro de la Propiedad: son organismos distintos, aunque la información pueda relacionarse con tus impuestos.
Cómo hacer una gestión
La sede electrónica agrupa trámites por materia y permite presentar declaraciones, consultar expedientes, contestar requerimientos y obtener certificados. La identificación necesaria depende de la gestión: puede admitirse Cl@ve, certificado digital, DNI electrónico u otro sistema autorizado.
Guarda el justificante y el código seguro de verificación, que permite comprobar el documento en la sede, cuando presentes un formulario o archivo.
Fuentes oficiales
También puede ayudarte
- Pagar una liquidación o deuda tributaria
- Entender el justificante aduanero H1.
- Revisar Aduanas al trasladar un vehículo fuera de la Unión Europea.
- Liquidar los impuestos antes de matricular un vehículo extranjero.
- Revisar Aduanas e impuestos de la importación.
- Cómo comunicar cambios del abono anticipado por maternidad
- ¿Tengo que presentar el modelo 140 cada año?
- ¿Puedo cobrar la deducción por maternidad si cobro el paro?
- Abono anticipado de la deducción por maternidad
- Saber dónde se presenta el ITP de una vivienda usada
- Ruta para empezar como autónomo.
- Alta censal con el modelo 036.
- Baja censal con el modelo 036.
- Cómo cambiar el domicilio fiscal.
- Qué es una sede electrónica.
- Qué significa subsanar una solicitud.
- Solicitar el abono anticipado de la deducción por maternidad.
- Presentar el modelo 303 de IVA.
- Presentar el modelo 130 de IRPF.
- Entender qué es un pago fraccionado.
- Comunicar una nueva actividad si ya eres autónomo.
- Entender qué es un epígrafe del IAE.
- Presentar una reclamación económico-administrativa
- Pedir la devolución de un ingreso indebido
- Rectificar una autoliquidación tributaria
- Solicitar un aplazamiento o fraccionamiento tributario
- Solicitar la compensación de una deuda tributaria
- Recurrir una providencia de apremio
- Consultar los recargos del periodo ejecutivo
- Entender el periodo ejecutivo tributario
- Recurrir una diligencia de embargo
- Actuar al recibir una diligencia de embargo
- Recurrir un acuerdo de derivación de responsabilidad tributaria
- Solicitar el certificado de estar al corriente de las obligaciones tributarias.
- Preparar conjuntamente los certificados de Hacienda y Seguridad Social