La persona que compra una vivienda usada es quien debe autoliquidar el ITP. Hazlo ante la hacienda autonómica o foral competente y guarda el justificante, porque suele ser necesario para inscribir la escritura.
Cuándo se paga ITP
La compra de una vivienda usada suele tributar por la modalidad de transmisiones patrimoniales onerosas del ITP. Si la operación está sujeta y no exenta de IVA, como ocurre normalmente con una vivienda nueva vendida por el promotor, la tributación es distinta.
Quién debe presentarlo
La obligación corresponde a quien adquiere la vivienda. Un acuerdo privado puede repartir los gastos de otra manera, pero no cambia quién figura como contribuyente frente a la administración tributaria.
Qué administración lo gestiona
Presenta la autoliquidación ante la administración tributaria de la comunidad autónoma donde se encuentra el inmueble. En Navarra y el País Vasco se aplican sus regímenes forales. La Agencia Tributaria estatal gestiona determinados supuestos no cedidos y los correspondientes a Ceuta y Melilla.
Cuándo empieza el plazo
El Reglamento estatal fija un plazo general de 30 días hábiles desde que se produce el acto o contrato. En una compra formalizada directamente en escritura, la referencia suele ser la fecha de la escritura. Comprueba siempre el portal del territorio competente, porque puede establecer su propio modelo, canal y reglas de presentación.
Qué importe se utiliza como base
En un inmueble con valor de referencia del Catastro, la base no puede ser inferior a ese valor. Si el precio pactado o el valor declarado es mayor, se utiliza la mayor de esas cantidades.
Cuando no existe valor de referencia o no puede certificarse, se aplican las reglas legales de valoración y la administración puede comprobar el valor declarado.
Qué necesitas
- La escritura pública o el contrato que documenta la compra.
- La referencia catastral y los datos del inmueble.
- Los datos de quienes compran y venden.
- El modelo aprobado por la administración tributaria competente, normalmente dentro de la familia de modelos 600.
- La documentación que justifique una reducción, bonificación, exención o no sujeción, si la solicitas.
- Una cuenta o medio de pago admitido cuando el resultado sea a ingresar.
Cómo hacerlo paso a paso
- Confirma que la compra tributa por ITP y no por IVA.
- Consulta el valor de referencia del inmueble en la fecha de la operación.
- Revisa el tipo y las posibles reducciones vigentes en el territorio donde está la vivienda.
- Rellena la autoliquidación y adjunta la documentación exigida.
- Presenta y, si corresponde, paga dentro del plazo.
- Guarda la autoliquidación, el justificante y la escritura.
Qué ocurre después
La administración puede revisar la autoliquidación y los requisitos de cualquier beneficio aplicado. El Registro de la Propiedad necesitará que se acredite la presentación fiscal antes de inscribir la compraventa.
Los tipos, reducciones y bonificaciones cambian según el territorio y las circunstancias personales o de la vivienda. Consulta la norma y el formulario vigentes el día de la compra.
Fuentes oficiales
- Compra de vivienda: IVA o ITP — Agencia Tributaria.
- Impuestos en la compraventa de inmuebles — Punto de Acceso General.
- Ley del ITP y AJD — Boletín Oficial del Estado.
- Reglamento del ITP y AJD — Boletín Oficial del Estado.