El abono anticipado permite recibir cada mes parte de la deducción por maternidad sin esperar a presentar la declaración anual del IRPF.
Ejemplo práctico
Una persona cumple los requisitos por un hijo menor de tres años y presenta el modelo 140. La Agencia Tributaria aprueba el abono y transfiere 100 euros por cada mes con derecho, hasta el máximo anual aplicable.
Diferencia con aplicar la deducción en la renta
- Abono anticipado: recibes pagos mensuales durante el año.
- Deducción en la declaración: calculas el importe total al presentar el IRPF y descuentas lo que ya hayas cobrado por adelantado.
No son dos beneficios diferentes. Son dos formas de recibir la misma deducción.
Qué no incluye
El pago anticipado del modelo 140 no incluye el incremento adicional por gastos de guardería o centros de educación infantil autorizados. Ese incremento se aplica en la declaración del IRPF cuando se cumplen sus requisitos.
Qué significa que sea «a cuenta»
Los pagos mensuales son un adelanto del importe final. Si recibes más de lo que te corresponde, tendrás que regularizar la diferencia. Si recibes menos, la declaración puede completar el importe que proceda.
Cuándo debes comunicar cambios
Si una variación afecta al derecho o al cobro mensual, debes comunicarla a la Agencia Tributaria. El plazo general es de 15 días naturales.
Trámites y preguntas relacionados
- Solicitar el abono anticipado.
- Saber si el modelo se repite cada año.
- Revisar el caso de desempleo.
- Entender qué gestiona la Agencia Tributaria.
Fuentes oficiales
- Abono anticipado de la deducción — Agencia Tributaria.
- Reglamento vigente de la deducción por maternidad — BOE.