Trámite revisado el 27 de julio de 2026

Cómo inscribir un apoderamiento en el Registro Electrónico de Apoderamientos

Elige qué gestiones podrá realizar la persona representante, registra el poder y comprueba que quede autorizado antes de usarlo.

Respuesta directa

Puedes autorizar a otra persona para que actúe en tu nombre ante la Administración inscribiendo un apoderamiento en el Registro Electrónico de Apoderamientos de la Administración General del Estado (REA-AGE). El alta es gratuita.

Qué permite este apoderamiento

La persona apoderada podrá realizar únicamente las actuaciones incluidas en el poder. Antes de inscribirlo, decide si necesitas una autorización amplia o limitada a un organismo o a trámites concretos.

  • Poder general: permite actuar ante cualquier Administración Pública.
  • Poder para la Administración General del Estado: permite actuar ante los ministerios u organismos estatales que indiques.
  • Poder para trámites concretos: limita la representación a las gestiones seleccionadas.
No compartas tu certificado ni tus claves.

La representación se acredita con el apoderamiento. La persona representante debe utilizar su propio sistema de identificación electrónica.

Quién puede solicitar la inscripción

Puede iniciarla la persona que concede el poder —la persona poderdante— o la persona que actuará como representante —la persona apoderada—.

Una persona física que no esté obligada a relacionarse por internet puede hacerlo electrónicamente o acudir a una Oficina de Asistencia en Materia de Registros. Las personas obligadas a utilizar medios electrónicos deben realizar la gestión por internet.

Qué necesitas para hacerlo por internet

  • DNI electrónico o un certificado electrónico reconocido y vigente.
  • Los datos identificativos de la persona poderdante y de la persona apoderada.
  • El tipo de poder y la fecha hasta la que estará vigente.
  • AutoFirma correctamente instalada cuando el servicio la solicite para firmar.
  • El documento público o privado que acredita el poder si la inscripción la inicia la persona apoderada.

Cómo inscribir el poder

  1. Entra en el REA-AGE desde la sede oficial del Punto de Acceso General.
  2. Identifícate con el sistema admitido.
  3. Indica si actúas como poderdante o como persona apoderada.
  4. Elige el tipo de poder y revisa con cuidado su alcance.
  5. Introduce los datos de ambas personas y fija el periodo de vigencia.
  6. Adjunta la documentación cuando el servicio la pida.
  7. Firma la solicitud y guarda el justificante.
  8. Consulta después el estado hasta que aparezca como autorizado.

La persona apoderada debe aceptar

Cuando el alta la inicia la persona poderdante, la persona apoderada debe aceptar el poder. El plazo máximo de aceptación es de veinte días hábiles desde el alta de la solicitud. Si no acepta dentro de ese plazo, el apoderamiento no queda autorizado.

Cuando la inscripción la solicita la persona apoderada, la aceptación se considera incluida en su propia solicitud. En ese caso puede ser necesario que los servicios jurídicos comprueben que el documento aportado es suficiente.

Cuándo puede utilizarse

El poder solo puede utilizarse cuando figura en estado Autorizado. Haber presentado la solicitud no basta. Comprueba también que el trámite concreto admite representación y que está incluido en el alcance elegido.

Vigencia, prórroga y finalización

La vigencia máxima es de cinco años desde la inscripción. La persona poderdante puede solicitar una prórroga antes de que finalice; cada prórroga puede durar como máximo otros cinco años.

La persona poderdante puede revocar un poder vigente en cualquier momento. La persona apoderada también puede renunciar. La revocación o la renuncia producen efecto desde que quedan inscritas.

Fuentes oficiales

También puede ayudarte

Contenido relacionado