La persona poderdante puede revocar en cualquier momento un apoderamiento vigente. La revocación puede hacerse electrónicamente en el REA-AGE o, si la persona no está obligada a relacionarse por internet, mediante comparecencia en una oficina de asistencia en materia de registros.
Quién puede revocarlo
La revocación corresponde a la persona que otorgó el poder. La persona apoderada no lo revoca: puede renunciar a la representación mediante su propio trámite.
Cuándo conviene hacerlo
- Cuando la gestión ya ha terminado.
- Cuando cambia la persona representante.
- Cuando el alcance concedido es mayor de lo necesario.
- Cuando se pierde la confianza o existe riesgo de uso indebido.
Cómo hacerlo por internet
- Accede al REA-AGE e identifícate con un sistema admitido.
- Consulta los apoderamientos otorgados.
- Selecciona el poder vigente que quieres cancelar.
- Firma la solicitud de revocación y descarga el justificante.
- Comprueba después que el estado refleje la revocación.
Cómo hacerlo presencialmente
Una persona física no obligada a utilizar medios electrónicos puede comparecer en una Oficina de Asistencia en Materia de Registros. Lleva un documento de identidad válido y los datos que permitan identificar el apoderamiento.
Desde cuándo produce efecto
La revocación produce efectos desde su inscripción en el registro. Hasta que conste registrada, no des por cancelada la representación.
Qué conservar
- Justificante de presentación.
- Referencia del apoderamiento.
- Fecha y hora de la revocación.
- Confirmación del nuevo estado.
Fuentes oficiales
- Registro Electrónico de Apoderamientos de la AGE.
- Orden PCM/1384/2021, reguladora del REA-AGE.
- Artículos 5 y 6 de la Ley 39/2015.