Pregunta revisada el 5 de agosto de 2026

¿Es público el Registro Electrónico de Apoderamientos?

No. El REA-AGE no es un registro público: cada persona solo puede acceder a los poderes en los que figure como poderdante o apoderada.

Respuesta directa

No. El Registro Electrónico de Apoderamientos no tiene carácter público. La persona interesada solo puede consultar los apoderamientos en los que figura como poderdante o como apoderada.

Qué puedes consultar

Al identificarte en el servicio puedes revisar los poderes que has otorgado y aquellos en los que constas como representante. La consulta permite controlar su alcance, vigencia y estado.

Qué no puedes consultar

No puedes buscar libremente poderes de terceras personas ni obtener un listado general de representaciones inscritas.

Puede consultarlo la Administración

Los órganos administrativos utilizan los registros de apoderamientos para comprobar la representación en los procedimientos. Esa verificación no convierte el registro en una fuente pública de información.

Qué hacer si aparece un poder desconocido

  1. Revisa los datos y el alcance del asiento.
  2. Descarga la información disponible.
  3. Revoca el poder si figuras como poderdante y no debe seguir vigente.
  4. Contacta con el canal oficial de atención si detectas un error.

Por qué la consulta está limitada

El registro contiene datos de identidad, alcance y vigencia de representaciones. Por eso la consulta de la persona interesada se limita a los poderes en los que aparece como poderdante o apoderada. Los órganos públicos solo deben consultar los datos necesarios para comprobar una representación vinculada a una actuación de su competencia.

Cómo acreditar el poder sin difundir más datos

Utiliza el justificante o certificado que ofrezca el servicio y entrega únicamente lo necesario para el trámite. No publiques capturas con documentos de identidad, direcciones o facultades ajenas al procedimiento. Si un tercero necesita comprobar la representación, indica el organismo y el expediente para que la Administración realice su consulta por el canal habilitado.

Fuentes oficiales

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