Pregunta revisada el 29 de julio de 2026

¿Cuánto dura el permiso por nacimiento y cuidado de menor?

Desde el 31 de julio de 2025, el permiso se divide entre semanas obligatorias después del nacimiento o resolución y periodos flexibles que pueden disfrutarse después.

La duración general es de 19 semanas por progenitor.

Cuando existe una única persona progenitora, adoptante, guardadora o acogedora, la duración es de 32 semanas. Estas reglas se aplican desde el 31 de julio de 2025.

Cómo se distribuyen las 19 semanas

  • 6 semanas obligatorias: se disfrutan de forma ininterrumpida, a jornada completa e inmediatamente después del nacimiento o de la resolución de adopción, guarda o acogimiento.
  • 11 semanas flexibles: pueden disfrutarse por semanas, juntas o separadas, hasta que el menor cumpla 12 meses o dentro de los 12 meses posteriores a la resolución correspondiente.
  • 2 semanas adicionales: pueden distribuirse por semanas hasta que el menor cumpla 8 años.

Distribución en familias monoparentales

La distribución general es de 6 semanas obligatorias, 22 semanas flexibles dentro del primer año y 4 semanas adicionales hasta que el menor cumpla 8 años.

Nacimientos y adopciones anteriores al cambio

Las dos semanas adicionales también alcanzan a hechos producidos entre el 2 de agosto de 2024 y el 30 de julio de 2025. En esos casos pueden solicitarse desde el 1 de enero de 2026 y disfrutarse hasta que el menor cumpla 8 años.

Ampliaciones

Puede añadirse una semana para cada progenitor por discapacidad del menor y una semana para cada progenitor por cada menor a partir del segundo en nacimientos o adopciones múltiples. En determinados ingresos hospitalarios posteriores al parto, la ampliación puede alcanzar hasta 13 semanas adicionales.

Comunicación a la empresa

Para los periodos no obligatorios, la persona trabajadora debe comunicar a la empresa el disfrute con al menos 15 días de antelación. El disfrute a tiempo parcial requiere acuerdo con la empresa.

Permiso y prestación económica

La prestación económica cubre los periodos de descanso reconocidos, pero la solicitud al INSS y la comunicación laboral son gestiones coordinadas y distintas. Cada progenitor presenta su propia solicitud.

Acción recomendada

Planifica primero las seis semanas obligatorias, acuerda con la empresa los periodos sucesivos y presenta cada solicitud con la documentación y el certificado de empresa correspondientes.

Fuentes consultadas

También puede ayudarte