Si no alcanzas la cotización mínima, consulta la diferencia con la pensión no contributiva antes de presentar la solicitud.
Con carácter general, cuando la jubilación está vinculada al cese en el trabajo, la solicitud puede prepararse dentro de los tres meses anteriores o posteriores a la fecha prevista. La fecha adecuada cambia en algunas situaciones, por lo que conviene confirmar la situación que da origen al derecho antes de presentarla.
Antes de iniciar la solicitud
- Comprueba tu vida laboral y las bases de cotización.
- Utiliza el simulador oficial como orientación, sin asumir que garantiza la cuantía final.
- Confirma la modalidad de jubilación y la fecha de cese o de acceso.
- Revisa que tus datos personales, fiscales, bancarios y de contacto estén actualizados.
Documentación
El formulario oficial indica la documentación personal y específica de cada caso. Prepara identificación, cuenta bancaria y los justificantes que correspondan a situaciones especiales, representación, periodos en otros regímenes o países, discapacidad, actividad profesional o complementos.
Si has tenido hijos o hijas, completa también la información del complemento para reducir la brecha de género. Comprueba después que el complemento figure expresamente en la resolución si te corresponde.
Cómo puedes presentarlo
- Portal de Prestaciones o sede electrónica de la Seguridad Social.
- Plataforma de solicitudes sin certificado, cuando el servicio la admita.
- Centro de Atención e Información de la Seguridad Social con cita.
- Envío del formulario y documentos por las vías oficiales indicadas por la Seguridad Social.
Organismo competente
El Instituto Nacional de la Seguridad Social gestiona y reconoce la pensión de jubilación. Para personas incluidas en el Régimen Especial del Mar, la competencia corresponde al Instituto Social de la Marina.
Si vas a seguir trabajando, no presentes la solicitud como una jubilación ordinaria sin revisar la compatibilidad. Comprueba los requisitos y la comunicación que debes realizar.
Después de presentar
Guarda el justificante, sigue el expediente y responde a cualquier requerimiento. La Seguridad Social establece un plazo máximo de 90 días para resolver y notificar, aunque el tiempo real puede ser menor.
La edad ordinaria, las jubilaciones anticipadas o demoradas, los periodos cotizados, la situación laboral y los trabajos compatibles pueden modificar la fecha y los efectos económicos.
Cuenta bancaria para el cobro
Indica un IBAN correcto en la solicitud y comprueba que figuras como titular cuando corresponda. Si cambias de banco después, utiliza el trámite específico para modificar la cuenta.
Si la cuantía reconocida queda por debajo del mínimo
Revisa si cumples las condiciones del complemento a mínimos. No existe una cifra única: depende del tipo de jubilación, la situación conyugal, otras pensiones, los ingresos y la residencia.
Ver cómo solicitar el complemento a mínimos y qué comprobar antes.
- Cuánto puede tardar el INSS.
- Cómo revisar la resolución.
- Qué significa base reguladora.
- Cómo presentar una reclamación previa.
Comprueba la fecha de efectos, la base reguladora, el porcentaje, los complementos y las instrucciones para reclamar. El plazo máximo para resolver es de 90 días desde la entrada de la solicitud.
Cuando recibas la resolución
Fuentes consultadas
- Pensión de jubilación — Portal de Prestaciones.
- Solicitud de jubilación — Seguridad Social.
- Información general de la pensión de jubilación.
También puede ayudarte
- Entender qué es una fe de vida
- Saber cómo funciona la aplicación VIVESS
- Consultar cuántas acreditaciones corresponden en 2026
- Acreditar la vivencia si cobras una pensión desde el extranjero
- Comunicar un trabajo compatible con la pensión de jubilación
- ¿Puedo trabajar y cobrar la pensión de jubilación?
- ¿Cuánto se cobra con la jubilación activa?
- Jubilación activa
- Cuándo presentar la solicitud.
- Cómo preparar la jubilación.
- Ruta personalizada de jubilación.
- Consultar el estado de la solicitud.
- Edad ordinaria de jubilación en 2026.
- Qué gestiona el INSS.
- Solicitar la pensión no contributiva si no alcanzas la cotización mínima.
- Saber qué gestiona el Imserso.
- Obtener el certificado integral de prestaciones
- Saber cuándo puede llegar el primer pago
- Entender las mensualidades y pagas extraordinarias
- Entender el hecho causante de la jubilación
- Solicitar el complemento por brecha de género
- Saber cuándo pedir el complemento
- Entender qué ocurre si lo solicitan ambos progenitores
- Entender qué es el complemento por brecha de género