Sí. Lo normal es pedir el complemento al mismo tiempo que la pensión. Si ya tienes una pensión reconocida desde el 4 de febrero de 2021 y no se incluyó, puedes solicitarlo después mediante el servicio o el formulario específico.
Cómo pedirlo con la pensión
Al rellenar la solicitud de jubilación, incapacidad permanente o viudedad, completa el apartado relacionado con los hijos o hijas y el complemento. Revisa los datos antes de enviar el formulario y guarda el justificante.
Qué hacer si ya cobras la pensión
- Comprueba la resolución y el detalle de la pensión.
- Si el complemento no aparece, accede al servicio específico del Portal de Prestaciones.
- Completa la solicitud y aporta la documentación que se indique.
- Guarda el resguardo y consulta después el estado del expediente.
No retrases la petición pensando que se reconocerá siempre de oficio. Los efectos económicos dependen de la fecha y de las circunstancias del expediente.
Qué pensiones permiten pedirlo
Puede acompañar a una pensión contributiva de jubilación, salvo la jubilación parcial, de incapacidad permanente o de viudedad causada desde el 4 de febrero de 2021. Al pasar de jubilación parcial a plena, puede reconocerse si se cumplen los requisitos.
Fuentes oficiales
- Información oficial del complemento — Seguridad Social.
- Servicio para solicitar el complemento.
- Formulario oficial.