Si no estás de acuerdo con una resolución del INSS sobre tu pensión, presenta una reclamación previa ante el órgano que la dictó. La regla general es hacerlo dentro de los 30 días siguientes a la notificación. Explica el error, pide una corrección concreta y guarda el justificante de registro.
Cuándo sirve este trámite
La reclamación previa permite pedir al Instituto Nacional de la Seguridad Social que revise una resolución antes de acudir al Juzgado de lo Social. Puede utilizarse, por ejemplo, cuando discutes:
- La denegación de la pensión.
- La fecha desde la que produce efectos.
- Los periodos de cotización considerados.
- La base reguladora o el porcentaje aplicado.
- Un coeficiente reductor o un incentivo por jubilación demorada.
- La ausencia o cuantía de un complemento.
No es lo mismo que una queja por la atención recibida. Para cambiar una resolución debes utilizar el procedimiento de reclamación previa.
Plazo para presentarla
La Ley reguladora de la jurisdicción social establece un plazo general de 30 días desde la notificación de la resolución expresa. Si reclamas porque ha transcurrido el plazo máximo del procedimiento sin respuesta, los 30 días se cuentan desde la fecha en la que debe entenderse producido el silencio administrativo.
No tomes como referencia el día en que abriste el documento si el justificante oficial indica otra fecha. Revisa el pie de la resolución, la comparecencia electrónica o el aviso postal y presenta el escrito sin esperar al último día.
Qué debes preparar
- La resolución completa y la prueba de su notificación.
- El número de expediente y tus datos identificativos.
- Una explicación ordenada de los hechos.
- La corrección exacta que solicitas.
- Informes de vida laboral, bases de cotización, certificados u otros documentos que apoyen tu petición.
- La acreditación de la representación, si actúa otra persona.
Qué debe incluir el escrito
- Identifica la resolución, su fecha y el órgano que la dictó.
- Expón los hechos relevantes de forma cronológica.
- Señala qué dato o cálculo consideras incorrecto.
- Indica el resultado que solicitas: reconocimiento, cambio de fecha, recálculo o inclusión de un complemento.
- Relaciona los documentos adjuntos.
- Fecha y firma la reclamación.
Incluye desde esta fase todos los hechos, cantidades y conceptos importantes. La ley limita la introducción posterior de cambios sustanciales, salvo hechos nuevos o que no pudieran conocerse antes.
Cómo presentarla
Puedes utilizar el servicio oficial de reclamación previa del Portal de Prestaciones. También son válidos los registros y canales admitidos por la normativa administrativa, incluidos los centros de atención de la Seguridad Social cuando corresponda. Conserva siempre el recibo electrónico o una copia sellada.
Qué ocurre después
El INSS debe contestar expresamente en 45 días. Si no responde dentro de ese plazo, la reclamación se entiende denegada por silencio administrativo. La demanda ante el Juzgado de lo Social debe presentarse, con carácter general, dentro de los 30 días siguientes a la notificación de la denegación o al día en que se entienda desestimada por silencio.
Una reclamación sobre periodos cotizados, cálculos o compatibilidades puede requerir revisar el expediente completo. Esta página ofrece orientación general y no sustituye el asesoramiento jurídico adaptado a tu caso.
Fuentes oficiales
- Presentar una reclamación previa contra la resolución de una prestación — Seguridad Social.
- Artículos 71 a 73 de la Ley reguladora de la jurisdicción social — BOE.
- Formulario oficial de pensión de jubilación y plazo de resolución — Seguridad Social.