Guía revisada el 28 de julio de 2026

Cómo solicitar las pensiones de viudedad y orfandad tras un fallecimiento

Empieza por obtener el certificado de defunción, identifica a cada posible beneficiario y presenta las solicitudes durante los tres meses siguientes cuando sea posible.

Orden recomendado

Obtén el certificado de defunción, comprueba qué familiares pueden solicitar una prestación, reúne los documentos de cada relación familiar y registra las solicitudes. No esperes a terminar la herencia: son procedimientos distintos.

1. Obtén el certificado de defunción

Necesitas la certificación expedida por el Registro Civil. No la confundas con el certificado médico utilizado para inscribir la defunción.

2. Comunica el fallecimiento si cobraba una prestación

Si la persona fallecida era pensionista o percibía otra prestación, comunica el fallecimiento para que la Seguridad Social regularice el pago. Esta comunicación no solicita automáticamente la viudedad ni la orfandad.

3. Identifica a cada posible beneficiario

  • Viudedad: revisa la situación del cónyuge, las personas separadas o divorciadas y la pareja de hecho.
  • Orfandad: revisa la edad de cada hijo, sus ingresos laborales cuando tenga entre 21 y 25 años y cualquier reducción relevante de su capacidad de trabajo.
  • Otros familiares: comprueba las pensiones o subsidios en favor de familiares si existía convivencia y dependencia económica.

Si la persona solicitante estaba separada o divorciada

Prepara la sentencia, el convenio regulador y la documentación sobre la pensión compensatoria. La guía específica para separación o divorcio ayuda a identificar las excepciones y las pruebas necesarias.

Si la persona solicitante era pareja de hecho

Reúne el certificado de inscripción o el documento público y el certificado histórico de empadronamiento. Comprueba por separado los dos años de constitución formal y los cinco años de convivencia.

4. Reúne la documentación común

  • Documentos de identidad.
  • Certificado de defunción.
  • Certificados de matrimonio, nacimiento u otros documentos del Registro Civil.
  • Documentación de representación para menores o personas representadas.
  • Pruebas adicionales de convivencia, pareja de hecho, separación, pensión compensatoria, estudios o ingresos cuando correspondan.

5. Presenta las solicitudes sin esperar más de lo necesario

No hay un plazo que extinga el derecho, pero presentar después de tres meses puede limitar los atrasos. Puedes usar el Portal de Prestaciones, acudir a un CAISS o enviar el formulario por correo ordinario.

6. Guarda el justificante y responde a los requerimientos

La administración puede pedirte que subsanes. Esto significa que debes corregir un dato o aportar un documento que falta. Revisa el plazo del requerimiento y responde por un registro oficial.

7. Separa otras prestaciones

El auxilio por defunción, las cantidades devengadas y no percibidas y las prestaciones en favor de familiares tienen solicitudes y requisitos propios. No des por hecho que quedan incluidas en la viudedad u orfandad.

Preparar las prestaciones en favor de familiares.

Si convivían con la persona fallecida otros familiares que dependían económicamente de ella, comprueba la pensión o el subsidio en favor de familiares. No son extensiones automáticas de la viudedad o la orfandad.

Revisa también a otros familiares dependientes

Comprobar cuándo corresponde.

Una duración insuficiente del matrimonio o de la inscripción de la pareja de hecho no siempre deja sin protección. Si se cumplen los demás requisitos, puede corresponder una prestación temporal durante dos años.

Revisa la prestación temporal si la relación era reciente

La regla general es el 52 % de la base reguladora. Si tienes 65 años o más y careces de otras pensiones, trabajo e ingresos relevantes, comprueba la mejora al 60 %. Si convives con familiares a cargo y cumples límites económicos, revisa el porcentaje del 70 %. Compara los tres porcentajes antes de presentar la solicitud.

Revisa el porcentaje aplicado

Después del reconocimiento

Guarda la resolución y comprueba la base reguladora, el porcentaje y los complementos. Si empiezas a trabajar o solicitas tu jubilación, revisa la compatibilidad de la pensión de viudedad y comunica los cambios que afecten a su cuantía.

Antes de cumplir 21 o 25 años, comprueba la edad, los estudios y el ingreso anual previsto. Sigue la guía de continuidad, suspensión y rehabilitación.

Cuando el hijo estudia o empieza a trabajar

Después de recibir la resolución, revisa la base reguladora, el porcentaje y el reparto entre beneficiarios. Consulta las reglas cuando existen varios hijos.

Comprueba la cuantía reconocida

Fuentes oficiales

Continúa con estas páginas