Comprueba primero si puedes recibir la pensión. El subsidio es una protección temporal para determinados hijos y hermanos que no acceden a esa pensión. Reúne las pruebas antes de presentar para evitar un requerimiento por convivencia o ingresos.
1. Identifica tu relación con la persona fallecida
Anota el parentesco, tu edad, estado civil y, cuando corresponda, discapacidad o dedicación prolongada al cuidado. Estos datos determinan si debes revisar la pensión, el subsidio o ninguna de las dos prestaciones.
2. Comprueba la pensión en favor de familiares
Revisa la pensión si perteneces a alguno de los grupos protegidos: determinados nietos y hermanos, ascendientes o hijos y hermanos mayores de 45 años de pensionistas contributivos que cuidaron de la persona fallecida.
Ver requisitos y solicitud de la pensión.
3. Revisa el subsidio solo si no accedes a la pensión
El subsidio puede corresponder a hijos mayores de 25 años y hermanos mayores de 22, dentro de los estados civiles admitidos. Su duración máxima es de doce meses.
Ver requisitos y solicitud del subsidio.
4. Reúne las pruebas de convivencia
Debes acreditar normalmente la convivencia durante los dos años anteriores y la dependencia económica. El empadronamiento puede ayudar, pero el INSS puede valorar más documentos.
- Certificados históricos de empadronamiento.
- Documentos que acrediten domicilio compartido.
- Movimientos o pagos que demuestren quién asumía los gastos.
- Informes sociales u otras pruebas admitidas, cuando sean necesarias.
5. Prepara los documentos familiares
- Certificado de defunción del Registro Civil.
- Certificados de nacimiento, matrimonio u otros que acrediten parentesco y estado civil.
- Resolución de discapacidad, si es relevante.
- Documentación que demuestre cuidado prolongado, cuando tu grupo lo exija.
6. Acredita ingresos y pensiones
Prepara la información económica que permita comprobar que careces de medios de subsistencia. Declara cualquier pensión pública o ingreso, aunque creas que no afecta. Ocultar un ingreso puede retrasar la resolución y generar un reintegro posterior.
7. Presenta la solicitud
Utiliza el formulario oficial de viudedad, orfandad y favor de familiares. Puedes tramitarlo por el Portal de Prestaciones, en un Centro de Atención e Información de la Seguridad Social o por correo ordinario.
8. No retrases la presentación sin necesidad
La pensión puede solicitarse en cualquier momento, pero si pasan más de tres meses los atrasos anteriores a la solicitud quedan limitados normalmente a un máximo de tres meses. Presenta lo antes posible y responde a cualquier requerimiento.
9. Guarda el expediente
- Copia de la solicitud.
- Justificante de registro.
- Documentos aportados.
- Requerimientos y respuestas.
- Resolución final y fecha de efectos económicos.
Otros trámites tras el fallecimiento
- Solicitar viudedad y orfandad.
- Solicitar el auxilio por defunción.
- Comunicar el fallecimiento de quien cobraba una prestación.