Espera a que hayan transcurrido 15 días hábiles desde el fallecimiento. Después puedes pedir el certificado para saber si la persona otorgó testamento y ante qué notaría consta el último acto inscrito.
Qué acredita el certificado
El certificado de actos de última voluntad indica si una persona fallecida otorgó uno o varios testamentos y señala la notaría y la fecha de los actos inscritos. No reproduce el testamento, no enumera los bienes y no determina por sí solo quién hereda.
Quién puede solicitarlo
Puede pedirlo cualquier persona que aporte los datos y documentos requeridos. Que una persona pueda obtener el certificado no significa que tenga derecho a recibir una copia del testamento: la notaría comprobará por separado la identidad y el interés legítimo de quien la solicite.
Cuándo se puede presentar
La solicitud no puede registrarse hasta que hayan transcurrido 15 días hábiles desde la fecha del fallecimiento. No confundas este periodo de espera con otros plazos sucesorios o tributarios.
Solicitud por internet
- Accede a la Sede Electrónica del área de Justicia.
- Identifícate mediante Cl@ve y completa los datos de la persona fallecida.
- Paga telemáticamente la tasa 006.
- Registra la solicitud y guarda el justificante con su número.
- Consulta el estado y descarga el certificado cuando esté disponible.
El servicio exige que el fallecimiento sea posterior al 2 de abril de 2009 y que la defunción no esté inscrita en un juzgado de paz. Si los datos de defunción no pueden recuperarse electrónicamente, utiliza la vía presencial o por correo.
Solicitud presencial o por correo
Utiliza un ejemplar original del modelo 790-006, acredita el pago de la tasa y aporta el certificado literal de defunción cuando corresponda. No fotocopies el impreso descargado, porque cada modelo contiene un número de justificante único.
Coste
La expedición está sujeta a la tasa administrativa 006. Comprueba el importe vigente en el modelo oficial o en la pasarela de pago en el momento de presentar la solicitud.
Cuánto puede tardar
En la atención presencial suele emitirse en el momento, aunque algunos casos pueden necesitar hasta 10 días hábiles. En la solicitud electrónica, conserva el justificante para consultar el estado. Una vez disponible, la Sede indica un plazo de 90 días naturales para descargarlo.
Qué hacer con el resultado
- Si consta testamento: dirígete a la notaría que custodie el último testamento y acredita tu derecho o interés legítimo para pedir copia autorizada.
- Si no consta testamento: puede ser necesaria una declaración de herederos abintestato antes de continuar la sucesión.
- Si se usará en el extranjero: revisa si necesita legalización o Apostilla de La Haya.
Fuentes oficiales
- Sede Electrónica: certificado de actos de última voluntad.
- Información general del área de Justicia.
- Punto de Acceso General: sucesiones y últimas voluntades.
- Modelo 790-006.
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- Obtener antes el certificado de defunción.
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- Saber qué información contiene el certificado.
- Comprobar quién puede solicitarlo.
- Conocer el Registro responsable.
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