Primero comprueba que la defunción está inscrita y obtén su certificado. Después cuenta 15 días hábiles para solicitar por separado el certificado de actos de última voluntad y el certificado de seguros de fallecimiento.
1. Confirma la inscripción de la defunción
La inscripción es obligatoria y normalmente la promueven el centro sanitario, el personal médico, la familia o la persona autorizada. El certificado del Registro Civil solo puede expedirse cuando existe el asiento correspondiente.
2. Solicita el certificado de defunción
Este documento acredita oficialmente la muerte y su fecha y lugar. Es gratuito y puede pedirse mediante los canales del Registro Civil. No lo confundas con el certificado médico utilizado para practicar la inscripción.
3. Separa los documentos que tienen espera
El certificado de actos de última voluntad y el certificado de contratos de seguros de cobertura de fallecimiento no pueden pedirse hasta que hayan transcurrido 15 días hábiles desde el fallecimiento. Esta espera no se aplica de forma general al certificado de defunción.
4. Pide el certificado de actos de última voluntad
Indica si la persona otorgó testamento y ante qué notaría consta el último acto inscrito. No contiene el testamento ni decide quién hereda. Si hay testamento, la notaría comprobará quién puede obtener copia autorizada.
5. Pide el certificado de seguros de fallecimiento
Informa de los contratos registrados en los que la persona fallecida figuraba como asegurada y de las entidades correspondientes. No identifica a las personas beneficiarias ni reconoce automáticamente el derecho al cobro.
6. Interpreta cada resultado por separado
- Defunción: prueba el hecho inscrito.
- Últimas voluntades: permite localizar el último testamento inscrito o confirmar que no consta.
- Seguros: permite localizar entidades aseguradoras con contratos incluidos en el Registro.
7. Continúa con la entidad competente
- Acude a la notaría indicada para pedir copia del testamento si acreditas derecho o interés legítimo.
- Contacta con cada aseguradora para que revise póliza, cobertura y personas beneficiarias.
- Presenta el certificado de defunción en los procedimientos que lo requieran, sin remitir datos médicos innecesarios.
Casos en los que el orden puede cambiar
Un fallecimiento en el extranjero, una inscripción judicial, datos no disponibles electrónicamente o la necesidad de usar documentos fuera de España pueden exigir certificados extranjeros, traducción jurada, legalización o Apostilla. Consulta el canal oficial antes de pagar o encargar documentos.
Errores frecuentes
- Esperar 15 días hábiles para pedir el certificado de defunción sin que el trámite lo exija.
- Usar el certificado médico como sustituto de la certificación registral.
- Creer que últimas voluntades incluye una copia del testamento.
- Interpretar el certificado de seguros como reconocimiento de una prestación.
- Pagar a un intermediario pensando que el certificado del Registro Civil tiene tasa.
Si la persona cobraba una prestación, el certificado registral permite comunicar el fallecimiento. También puede ser necesario para pedir prestaciones de supervivencia, cantidades pendientes o el auxilio por defunción.
8. Usa el certificado de defunción para la Seguridad Social
Fuentes oficiales
- Sede Electrónica: certificado de defunción.
- Sede Electrónica: últimas voluntades.
- Sede Electrónica: seguros de fallecimiento.
- Ley 20/2011 del Registro Civil.
Contenido relacionado
- Diferenciar el certificado médico y el registral.
- Solicitar últimas voluntades.
- Solicitar el certificado de seguros.
- Entender las reglas de acceso al Registro Civil.
- Acceder a los canales oficiales de Justicia.
- Ordenar las gestiones inmediatas antes de pedir certificados.
- Siguiente paso si no consta testamento