Los días naturales sí cuentan todos los días del calendario. La norma o la notificación debe indicar qué tipo de plazo se aplica.
Cómo distinguirlos
En los procedimientos administrativos sujetos a la Ley 39/2015, cuando un plazo se expresa solo en días se entiende, por regla general, que son hábiles. Si deben contarse días naturales, la norma o la notificación tiene que indicarlo expresamente.
Esta regla no permite dar por hecho que todos los plazos de cualquier ámbito sean administrativos. Revisa siempre el texto concreto y la fuente oficial del trámite.
Desde cuándo empieza a contar el plazo
Como regla general, el cómputo empieza al día siguiente de la notificación, publicación o hecho que activa el plazo. Algunos procedimientos fijan otro momento de inicio, por lo que debes comprobarlo antes de calcular.
Qué ocurre si el último día es inhábil
Cuando el último día del plazo es inhábil, se traslada al primer día hábil siguiente. Los calendarios pueden incluir festivos estatales, autonómicos y locales.
Ejemplo práctico
Si recibes una notificación un jueves y el plazo empieza al día siguiente, tres días naturales serían viernes, sábado y domingo. Tres días hábiles serían viernes, lunes y martes, siempre que no haya festivos aplicables.
Un festivo autonómico o local puede cambiar el último día. Si el plazo es importante, compruébalo en la sede del organismo y presenta con margen.
Fuente oficial
Artículo 30 de la Ley 39/2015, de Procedimiento Administrativo Común.
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