La resolución debe decidir si el funcionamiento del servicio público causó la lesión. Cuando reconoce el derecho, debe indicar además cómo se valora el daño, cuánto se indemniza y de qué forma se abonará.
La relación de causalidad
La Administración debe explicar si existe una conexión suficiente entre la actuación o el funcionamiento del servicio público y el daño reclamado. No basta con afirmar que no se acredita: la decisión debe relacionar los hechos, las pruebas y la conclusión.
La existencia y valoración del daño
La resolución debe identificar qué daños considera probados y cuáles rechaza. El daño indemnizable ha de ser efectivo, evaluable económicamente e individualizado respecto de una persona o grupo.
Si hay informes médicos, técnicos o periciales contradictorios, la motivación debe explicar qué valoración se sigue y por qué.
La cuantía y el modo de indemnización
Cuando la reclamación se estima total o parcialmente, la resolución debe fijar la cuantía. También debe indicar el modo de indemnización conforme a los criterios legales: normalmente una cantidad económica, aunque la ley permite otras fórmulas cuando procedan y exista acuerdo.
Qué más debe incluir
- La decisión sobre todas las cuestiones planteadas y las que se deriven del expediente.
- Los hechos considerados probados.
- Los fundamentos jurídicos relevantes.
- La respuesta a las alegaciones esenciales.
- El órgano que resuelve y su competencia.
- Los recursos disponibles, el órgano ante el que se presentan y el plazo.
Si la reclamación se desestima
La resolución debe explicar qué requisito falta. Puede negar la causalidad, considerar que el daño no está probado, entender que existe deber jurídico de soportarlo o aplicar otra causa prevista legalmente.
Una fórmula genérica no permite comprobar si se valoraron las pruebas. Solicita acceso al expediente cuando necesites revisar informes o antecedentes citados en la decisión.
Qué hacer al recibirla
- Anota la fecha de notificación.
- Comprueba si responde a causalidad, daño, cuantía y forma de pago.
- Compara la motivación con tus documentos y alegaciones.
- Lee el apartado de recursos completo.
- Guarda la resolución y el justificante de notificación.
Fuentes oficiales
- Ley 39/2015, artículo 35: motivación.
- Ley 39/2015, artículo 88: contenido general de la resolución.
- Ley 39/2015, artículo 91: especialidades en responsabilidad patrimonial.
- Ley 40/2015, artículo 34: indemnización.
Contenido relacionado
- Responder al trámite de audiencia.
- Saber qué ocurre si no resuelven en seis meses.
- Comprobar la decisión paso a paso.
- Pedir acceso y copia del expediente.
- Proponer una compensación en especie o pagos periódicos
- Comprobar la fecha de cálculo y la actualización
- Revisar el límite de los daños imprevisibles
- Justificar la cuantía paso a paso
- Reclamar cuando intervinieron varias Administraciones
- Saber quién responde si participaron varias Administraciones
- Comprobar dónde presentar la reclamación conjunta
- Entender la responsabilidad solidaria entre Administraciones