Trámite revisado el 2 de agosto de 2026

Solicitar una indemnización en especie o mediante pagos periódicos

Puedes proponer una compensación en especie o pagos periódicos, pero no puedes imponer esa forma de pago. Debe reparar adecuadamente el daño, convenir al interés público y contar con tu acuerdo y el de la Administración.

Qué debes hacer

Explica por escrito qué forma de compensación propones, por qué repara mejor el daño y cómo se valorará económicamente. Presenta la propuesta dentro del expediente y pide que la resolución o el acuerdo final detalle todas las condiciones.

Cuándo puede utilizarse esta alternativa

La regla general es una indemnización económica. La Ley 40/2015 permite sustituirla por una compensación en especie o abonarla mediante pagos periódicos cuando esa fórmula sea más adecuada para lograr la reparación debida y resulte compatible con el interés público.

La alternativa exige acuerdo con la persona interesada. La Administración no puede imponerla unilateralmente, y tú tampoco puedes exigirla solo por haberla propuesto.

Qué significa compensación en especie

En lugar de recibir únicamente dinero, la reparación puede consistir en un bien, una actuación o una prestación concreta. La solución debe guardar relación con el daño y tener un valor identificable.

No aceptes una descripción genérica. El acuerdo debe indicar qué se entregará o realizará, quién asumirá cada obligación, en qué plazo y qué ocurrirá si no se cumple.

Qué son los pagos periódicos

La indemnización reconocida puede repartirse en varios pagos. Deben quedar fijados el importe total, la cuantía de cada pago, las fechas, el medio de abono y las consecuencias del retraso.

Comprueba si la distribución temporal mantiene el valor real de la reparación y si cubre las necesidades derivadas del daño.

Cuándo presentar la propuesta

  • En la reclamación inicial, si ya conoces la forma que mejor repararía el daño.
  • Durante la instrucción, cuando nuevos informes permitan concretarla.
  • En el trámite de audiencia, al responder a la valoración del expediente.
  • Durante una negociación de terminación convencional.

Si existe un formulario específico, utilízalo. Para un escrito dirigido a la Administración General del Estado sin formulario normalizado puede emplearse el Registro Electrónico General.

Qué debe incluir el escrito

  1. Identifica el expediente y la resolución, propuesta o trámite al que respondes.
  2. Describe el daño reconocido o reclamado.
  3. Indica la compensación en especie o el calendario de pagos que propones.
  4. Asigna un valor económico a la alternativa y explica el cálculo.
  5. Justifica por qué repara mejor el daño.
  6. Explica por qué no perjudica el interés público.
  7. Pide que todas las condiciones se incorporen al acuerdo o a la resolución.

Documentos útiles

  • Presupuestos o valoraciones de mercado.
  • Informes técnicos que expliquen la utilidad de la prestación propuesta.
  • Calendario de gastos derivados del daño.
  • Documentos que acrediten necesidades continuadas.
  • Una tabla que compare el pago único con la alternativa.

Qué debe quedar por escrito

La resolución de responsabilidad patrimonial debe pronunciarse sobre la cuantía y el modo de indemnización. Si se alcanza un acuerdo, comprueba que recoja el importe equivalente, las prestaciones, los plazos, las condiciones de cumplimiento y el órgano responsable.

Qué ocurre si no hay acuerdo

La falta de acuerdo sobre la forma alternativa no elimina por sí sola el derecho a la indemnización que proceda. La Administración deberá resolver la reclamación y fijar, cuando corresponda, la cuantía y el modo de pago conforme a la ley.

Coste

Presentar la propuesta no tiene una tasa general. Puede generar gastos si necesitas una tasación, un informe técnico o asesoramiento profesional.

Fuentes oficiales

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