Si una persona española fallece en el extranjero, inscribe primero la defunción en el registro civil del país donde ocurrió. Después solicita la inscripción en el Registro Civil español para que el fallecimiento conste oficialmente en España.
Quién puede solicitar la inscripción
Cualquier persona que tenga conocimiento cierto del fallecimiento puede promoverla. Los parientes más cercanos están especialmente obligados a comunicarlo.
Dónde presentar la solicitud
La Oficina Consular española de la demarcación donde ocurrió el fallecimiento puede practicar la inscripción. Si la persona que presenta la solicitud vive en España, puede dirigirse al Registro Civil de su domicilio. Confirma antes la cita y el canal de presentación, porque cada oficina organiza la recepción de documentos de forma distinta.
Qué documentos necesitas
La oficina puede pedir documentos adicionales según el país y el expediente. Como base, prepara:
- La hoja declaratoria de datos de la defunción, cumplimentada y firmada.
- El certificado literal y original de defunción expedido por el registro civil local.
- La apostilla o legalización del certificado, cuando sea necesaria.
- La traducción al castellano, salvo que exista una exención o la oficina admita otro formato.
- El DNI, pasaporte u otro documento de identidad de quien presenta la solicitud.
- El último DNI o pasaporte español de la persona fallecida.
- El certificado literal de nacimiento español de la persona fallecida, cuando lo pida la oficina.
Cómo hacerlo paso a paso
- Obtén la inscripción y el certificado literal de defunción del país donde ocurrió el fallecimiento.
- Comprueba qué Oficina Consular o Registro Civil español debe recibir la solicitud.
- Pregunta si el certificado necesita apostilla, legalización o traducción.
- Reúne los documentos de identidad y la hoja declaratoria.
- Presenta el expediente por el canal indicado y guarda el justificante.
- Responde dentro del plazo señalado si la oficina te pide corregir datos o aportar documentos.
Qué ocurre después
El Registro Civil comprobará la identidad, el fallecimiento y la validez del certificado extranjero. Una vez practicada la inscripción, podrás obtener un certificado español de defunción.
Si existe una resolución judicial
La inscripción también puede basarse en una sentencia u orden judicial que declare el fallecimiento. En ese caso, consulta qué copia auténtica y qué reconocimiento necesita la resolución antes de presentarla.
Coste
La inscripción en el Registro Civil es gratuita. Pueden existir costes por obtener el certificado extranjero, apostillarlo, legalizarlo o traducirlo.
Fuentes oficiales
- Inscripción de defunciones ocurridas en el extranjero — Ministerio de Asuntos Exteriores.
- Solicitud y documentación para una defunción ocurrida fuera de España — Ministerio de Justicia.
- Ley 20/2011, del Registro Civil — BOE.