Lee el requerimiento completo, identifica cada defecto y presenta la corrección por el canal indicado antes de que termine el plazo. Incluye el número de expediente y guarda el escrito, los anexos y el recibo.
Cuándo debes subsanar una solicitud
La Administración puede requerirte cuando la solicitud no contiene un dato obligatorio, falta un documento preceptivo, existe un defecto de firma o se ha utilizado una vía incorrecta. El aviso debe permitirte saber qué debes corregir y qué consecuencia tendría no hacerlo.
Una petición de mejora voluntaria no es exactamente lo mismo que un requerimiento obligatorio. Comprueba si la notificación utiliza expresiones como «subsanar», «aportar» o «completar» y si advierte del posible desistimiento.
Plazo general
La Ley 39/2015 establece, como regla general para una solicitud de iniciación incompleta, un plazo de diez días. La norma específica del procedimiento o la propia notificación puede exigir una regla distinta, por lo que debes seguir el plazo que figure en tu expediente.
Cuando el plazo se expresa en días y no se indica que sean naturales, la regla general administrativa es contar días hábiles. El cómputo comienza normalmente al día siguiente de la notificación. Consulta el calendario aplicable y no esperes al último día.
Si aportar los documentos presenta dificultades especiales, puedes pedir una ampliación antes de que venza el plazo. En la subsanación del artículo 68 puede concederse hasta cinco días, salvo en procedimientos selectivos o de concurrencia competitiva.
Qué debes preparar
- La notificación o el requerimiento recibido.
- El número de expediente, localizador o referencia.
- Un escrito breve que identifique cada defecto y explique cómo lo corriges.
- Los documentos solicitados, completos, legibles y en el formato admitido.
- La acreditación de representación cuando actúe otra persona.
- La firma o identificación exigida por la sede electrónica.
Cómo presentar la subsanación
- Entra en el expediente o en el procedimiento específico de la sede electrónica.
- Busca una opción como «aportar documentación», «subsanar» o «contestar requerimiento».
- Comprueba que el órgano y el expediente son correctos.
- Adjunta el escrito y los documentos con nombres claros.
- Revisa el resumen antes de firmar y registrar.
- Descarga el justificante, el asiento de registro y una copia de todos los anexos.
Si el procedimiento dispone de formulario específico, utilízalo. El Registro Electrónico General de la AGE sirve para escritos sin un procedimiento o formulario normalizado propio; no debe sustituir un canal obligatorio indicado expresamente.
Si estabas obligado a presentar electrónicamente
Cuando una persona obligada a relacionarse por medios electrónicos presenta la solicitud en papel, la Administración debe requerir la presentación electrónica. En ese caso, la fecha válida de la solicitud será la fecha de la subsanación electrónica, lo que puede afectar a plazos o prioridades.
Qué ocurre si no respondes
En una solicitud iniciada por ti, la Administración puede tenerte por desistido de la petición, pero debe dictar y notificar una resolución. La consecuencia no es necesariamente la pérdida definitiva del derecho: dependerá de que todavía puedas presentar una nueva solicitud y de los plazos de la norma específica.
Después de presentar
Comprueba que el justificante contiene fecha, hora, número de registro, órgano destinatario y relación de anexos. Revisa el expediente durante los días siguientes y conserva la notificación original junto con la respuesta.
Subsanación por fallo en la consulta de datos
La Administración puede pedirte un documento si no ha logrado obtenerlo por sus sistemas. Comprueba el dato afectado y utiliza la guía para aportar el documento con un justificante completo.
Solicitud de ampliación del plazo
Si una circunstancia acreditada dificulta subsanar a tiempo, consulta cómo solicitar una ampliación antes del vencimiento. No la des por concedida hasta recibir la decisión.
Fuentes oficiales
- Artículo 30 de la Ley 39/2015: cómputo de plazos.
- Artículo 32: ampliación de plazos.
- Artículo 68: subsanación y mejora de la solicitud.
- Registro Electrónico General de la AGE.
También puede ayudarte
- Organizar la respuesta paso a paso.
- Saber qué ocurre si vence el plazo.
- Entender qué significa subsanar.
- Distinguir el desistimiento del rechazo.
- Presentar un escrito cuando no existe formulario específico.
- Calcular días hábiles y naturales.
- Comprobar si necesitas subsanar, rectificar o recurrir
- Diferenciar la subsanación de un error material
- Aportar documentación a un expediente ya iniciado
- Comprobar si la Administración ya dispone del documento
- Desistir si no quieres continuar el expediente
- Distinguir una renuncia del desistimiento por no subsanar