Guarda la carta y anota la fecha de efectos. Si no estás de acuerdo, el plazo general para impugnar es de 20 días hábiles.
1. Lee la carta completa
Comprueba qué tipo de despido comunica la empresa, qué hechos o causas alega y en qué fecha produce efectos. No firmes como conforme si no lo estás. Pide una copia de todo lo que recibas.
2. Separa los documentos
- Carta de despido.
- Finiquito o propuesta de liquidación.
- Indemnización, cuando corresponda.
- Certificado de empresa para el SEPE.
Son documentos distintos. La existencia de un finiquito no demuestra por sí sola que la causa del despido sea correcta.
3. Guarda pruebas
Conserva contrato, convenio, nóminas, correos, mensajes, registro horario, evaluaciones y cualquier documento relacionado con la causa indicada. No accedas a información de la empresa que no estés autorizado a conservar.
4. Comprueba el plazo
Cuenta 20 días hábiles desde el día hábil siguiente a la fecha de efectos. No cuentan sábados, domingos ni festivos. Si hay dudas sobre la fecha real del cese, solicita ayuda sin esperar al último día.
5. Presenta la papeleta de conciliación
La conciliación previa es el paso habitual antes de demandar. Presenta la papeleta ante el servicio competente de tu comunidad autónoma. Incluye los hechos, la fecha del despido, la causa alegada y lo que solicitas.
La presentación suspende el plazo, pero vuelve a correr después del intento de conciliación o cuando pasan 15 días hábiles sin celebrarse.
6. Revisa el finiquito
Comprueba salario pendiente, pagas extra, vacaciones, complementos e indemnización. Solicita un desglose y deja constancia si no estás conforme.
7. Solicita el paro dentro de su plazo
No necesitas esperar a que termine la reclamación laboral. La comunicación del despido puede ser suficiente para acreditar la situación legal de desempleo. Si te pagan vacaciones no disfrutadas, el plazo del SEPE comienza al terminar ese periodo.
8. Prepara la conciliación
Decide qué resultado buscas y qué margen de acuerdo aceptarías. Puedes acudir con asistencia profesional. Lee el acta antes de firmarla y guarda una copia.
9. Valora la demanda
Si no hay acuerdo, controla los días que quedan. La demanda se presenta ante el Juzgado de lo Social. La complejidad del escrito y las posibles consecuencias justifican buscar asesoramiento profesional.
Fuentes oficiales
- Forma del despido disciplinario, artículo 55 — BOE.
- Plazo para impugnar el despido, artículo 59.3 — BOE.
- Conciliación previa y plazos — BOE.
- Finalización del contrato, dimisiones y despidos — Administración General del Estado.
- Solicitud del paro sin reclamar el despido — SEPE.