Anota la fecha exacta del cese, pide la comunicación por escrito y revisa ese mismo día el contrato y el convenio. Los plazos para reclamar en materia de despido son breves.
1. Confirma quién tomó la decisión
Diferencia si la empresa termina la relación o si eres tú quien decide marcharse. Esta diferencia afecta, entre otras cuestiones, al acceso a las prestaciones por desempleo.
2. Comprueba que la prueba existía y seguía vigente
- Debe constar por escrito.
- No puede superar el límite del convenio o el máximo legal.
- No es válida si ya habías realizado las mismas funciones en esa empresa.
- Debes calcular la fecha final y comprobar si hubo una interrupción acordada.
3. Guarda la documentación
- Contrato y anexos.
- Convenio colectivo aplicable.
- Comunicación del cese.
- Nóminas, registro horario y cuadrantes.
- Mensajes o correos relacionados con la decisión.
- Justificante de alta y baja en la Seguridad Social.
4. Revisa el finiquito
Comprueba el salario pendiente, las pagas extraordinarias devengadas y las vacaciones generadas y no disfrutadas. Firmar “no conforme” puede dejar constancia de que quieres revisar las cantidades.
5. Comprueba si puedes solicitar el paro
Cuando la empresa decide que no has superado la prueba, puede existir situación legal de desempleo. Debes cumplir los requisitos de cotización y, si venías de una baja voluntaria, se aplica la regla especial de los tres meses.
Si tú abandonas el puesto durante la prueba, se considera un cese voluntario.
6. Valora si debes reclamar
Busca asesoramiento si la cláusula no estaba escrita, el plazo había terminado, ya habías realizado las mismas funciones o existen indicios de discriminación, represalia o vulneración de derechos.
La acción general para reclamar contra un despido caduca a los 20 días hábiles. No esperes a reunir toda la documentación para pedir orientación.
7. Comprueba el alta y la baja
Consulta tu informe de situación actual o la vida laboral para confirmar la fecha comunicada a la Seguridad Social. Si la fecha no coincide con el último día trabajado, pide que la empresa lo revise.
Fuentes oficiales
- Estatuto de los Trabajadores, artículo 14 — BOE.
- Características de un contrato — SEPE.
- Situación legal de desempleo — SEPE.
- Ley reguladora de la jurisdicción social, artículo 103 — BOE.
También puede ayudarte
- Comprobar la cláusula y su duración.
- Saber cuándo puede terminarse el contrato.
- Comprobar la situación de alta o baja.
- Volver a cobrar el paro después de un contrato.
- Organizar los pasos ante un conflicto laboral.
- Cómo revisar el documento de liquidación o finiquito
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