Incluye una petición clara de suspensión en el recurso o presenta un escrito separado dirigido al órgano que debe resolverlo. La interposición del recurso no suspende automáticamente el acto.
1. Identifica qué ejecución quieres paralizar
Señala el acto, el expediente y la actuación concreta que puede ejecutarse mientras se tramita el recurso. Explica qué fecha o circunstancia hace urgente la medida.
2. Utiliza una de las causas legales
El artículo 117 permite suspender cuando la ejecución puede causar perjuicios de imposible o difícil reparación o cuando la impugnación se basa en una causa de nulidad de pleno derecho del artículo 47.1.
3. Describe el perjuicio con datos
No basta con afirmar que el acto te perjudica. Explica qué ocurrirá si se ejecuta, por qué sería difícil reparar el daño después y qué documentos lo demuestran.
- Fechas próximas de cobro, desalojo, retirada o ejecución.
- Importes y efectos económicos acreditados.
- Informes médicos, laborales o técnicos cuando sean pertinentes.
- Contratos, comunicaciones o resoluciones relacionadas.
4. Explica también los intereses afectados
El órgano debe ponderar el perjuicio para ti frente al interés público y los derechos de terceras personas. Señala por qué la suspensión puede mantenerse sin causar un daño mayor y propone, cuando sea posible, una medida limitada.
5. Formula una petición precisa
Indica qué parte del acto debe suspenderse y durante cuánto tiempo. Pide que la decisión se notifique expresamente y facilita el medio de contacto o notificación que corresponda.
6. Guarda la fecha de entrada
Conserva el justificante que acredita cuándo entró la solicitud en el registro electrónico de la Administración u organismo competente para decidir. Esa fecha es necesaria para controlar la regla del mes.
7. Comprueba qué ocurre al pasar un mes
La ejecución se entiende suspendida si transcurre un mes desde la entrada de la solicitud en el registro competente sin que el órgano haya dictado y notificado una resolución expresa sobre la suspensión. Antes de actuar, comprueba todas las notificaciones y que el escrito llegó al órgano competente.
No se activa por presentar únicamente el recurso. Tampoco sustituye la comprobación de la fecha de entrada y de las notificaciones recibidas.
8. Revisa si te exigen garantía
Cuando la suspensión pueda causar perjuicios, el órgano puede condicionarla a una caución o garantía suficiente. Lee la resolución y cumple la forma y el plazo indicados para que la suspensión produzca efectos.
9. Conserva la decisión para la vía judicial
Si después presentas un recurso contencioso-administrativo y solicitas una medida cautelar, la suspensión administrativa puede mantenerse en los términos del artículo 117. Guarda la resolución y acredita que pediste la medida judicial.
Controla por separado el recurso principal
- Distinguir cómo ha terminado el recurso.
- Comprobar cuándo interviene el órgano consultivo.
- Conocer qué hace el Consejo de Estado.
Preparar la posible solicitud cautelar en la vía contenciosa.
La suspensión acordada o solicitada en vía administrativa no sustituye automáticamente una medida cautelar judicial. Explica al abogado si el acto sigue ejecutándose y qué perjuicio puede causar.
Si después acudes a los tribunales
Fuentes oficiales
- Artículo 117 de la Ley 39/2015: suspensión de la ejecución.
- Resolución oficial que aplica la ponderación del artículo 117.