Trámite revisado el 28 de julio de 2026

Solicitar el subsidio en favor de familiares

El subsidio puede proteger durante un máximo de doce meses a determinados hijos y hermanos que convivían con la persona fallecida y dependían de ella. Se aplica cuando no reúnen las condiciones para cobrar la pensión en favor de familiares.

Respuesta directa

Solicítalo si eres hijo mayor de 25 años o hermano mayor de 22 y perteneces a uno de los estados civiles admitidos. Además, debías depender económicamente de la persona fallecida y no cumplir las condiciones de la pensión en favor de familiares.

Quién puede solicitarlo

Está previsto para hijos mayores de 25 años y hermanos mayores de 22 años que sean solteros, viudos, separados judicialmente o divorciados. Además, deben cumplir todos los requisitos económicos y de convivencia.

Requisitos principales

  • Haber convivido con la persona fallecida y a sus expensas durante los dos años anteriores, con la particularidad prevista cuando otro familiar conviviente falleció dentro de ese periodo.
  • No tener derecho a una pensión pública.
  • Carecer de medios de subsistencia: la Seguridad Social revisa los ingresos y la existencia de familiares obligados a prestar alimentos.
  • No reunir las condiciones para recibir la pensión en favor de familiares.

Cuánto dura y cómo se calcula

La duración máxima es de doce meses. Se abona durante ese periodo e incluye dos pagas extraordinarias. La cuantía se calcula aplicando el 20 % a la base reguladora correspondiente.

Compatibilidades que debes comprobar

Puede ser compatible con las pensiones de viudedad y orfandad causadas por el mismo fallecimiento. En cambio, es incompatible con cobrar otra pensión pública y con obtener ingresos que superen el límite vinculado al salario mínimo interprofesional en cómputo anual.

Qué documentos preparar

  • Documento de identidad.
  • Certificado de defunción del Registro Civil.
  • Certificados que acrediten la filiación o el parentesco.
  • Pruebas de convivencia y dependencia económica.
  • Documentación de ingresos y de tu estado civil.
  • Los documentos específicos incluidos en el formulario de prestaciones de supervivencia.

Cómo presentarlo

  1. Completa el formulario de prestaciones de supervivencia.
  2. Presenta la solicitud por la sede electrónica, por correo ordinario o en un Centro de Atención e Información de la Seguridad Social.
  3. Si la persona fallecida pertenecía al Régimen Especial del Mar, dirígete al Instituto Social de la Marina.
  4. Conserva el justificante y aporta cualquier documento adicional que solicite el organismo gestor.

Qué ocurre después

El INSS comprueba la convivencia, la dependencia, los ingresos y la falta de otra pensión pública. Si reconoce el subsidio, el pago se extingue al agotarse el periodo máximo de doce meses o si se produce otra causa de extinción.

Comprueba primero la pensión.

El subsidio no sustituye a la pensión cuando reúnes sus requisitos. Identifica primero el grupo familiar al que perteneces y después elige la prestación correcta.

Fuentes oficiales