Término revisado el 30 de julio de 2026

Recaída en incapacidad temporal

Una recaída es una nueva baja por la misma o una patología similar que comienza dentro de los 180 días naturales siguientes al alta anterior.

Definición sencilla

La recaída hace que la nueva baja se considere continuación del proceso anterior, en lugar de empezar un proceso independiente.

Ejemplo práctico

Una persona recibe el alta después de una lesión de espalda y vuelve a quedar incapacitada por el mismo problema 60 días después. Si el organismo competente confirma la relación, la nueva baja se considera recaída.

Por qué son importantes los 180 días

El límite se cuenta en días naturales desde la fecha de efectos del alta. Si la nueva baja comienza después de ese periodo, se considera un proceso nuevo aunque la patología sea la misma.

Recaída y proceso nuevo no son lo mismo

En una recaída, los días de la baja anterior y de la nueva se suman para calcular la duración máxima. En un proceso nuevo, el cómputo comienza de nuevo y deben cumplirse los requisitos generales que correspondan.

Quién decide si existe recaída

La relación entre ambos procesos debe valorarla el organismo médico competente. Cuando el alta anterior la emitió el INSS, este organismo es el único que puede emitir una nueva baja por la misma o similar patología dentro de los 180 días siguientes.

Documentos que pueden ayudarte

  • La resolución o parte de alta anterior.
  • Informes médicos recientes.
  • Pruebas diagnósticas.
  • Documentos que expliquen la continuidad o reaparición de las limitaciones.

Fuentes oficiales

Trámites y preguntas relacionados