Revisado el 31 de julio de 2026

Solicitar la prestación por riesgo durante la lactancia natural

Puedes solicitar esta prestación si das lactancia natural, las condiciones del trabajo pueden perjudicarte a ti o al bebé y la empresa no puede eliminar el riesgo mediante una adaptación o un puesto compatible.

Respuesta práctica

Comunica la lactancia al servicio de prevención y pide que evalúe tu puesto. La empresa debe intentar adaptar las condiciones o cambiarte temporalmente a un trabajo compatible. Si ninguna medida elimina el riesgo, solicita la certificación médica y después la prestación ante la entidad que cubre las contingencias profesionales.

Cuándo corresponde esta prestación

La prestación protege la pérdida de ingresos cuando las condiciones del trabajo pueden influir negativamente en la salud de la trabajadora o del bebé durante la lactancia natural.

No se concede por el solo hecho de dar el pecho. Debe existir un riesgo laboral concreto, acreditado y que no pueda evitarse mediante una medida preventiva eficaz.

Qué debe hacer la empresa antes de suspender el contrato

La empresa debe seguir este orden:

  1. Adaptar las condiciones o el tiempo de trabajo para eliminar la exposición.
  2. Asignar temporalmente otro puesto o función compatible si la adaptación no es suficiente.
  3. Suspender el contrato por riesgo durante la lactancia natural cuando el cambio no sea técnica u objetivamente posible o no pueda exigirse razonablemente.

La suspensión es la última medida, no la primera.

Quién puede solicitarla

Puede solicitarla la trabajadora que mantiene lactancia natural, está afiliada y en alta en la Seguridad Social y tiene suspendido el contrato o la actividad por un riesgo laboral acreditado.

No se exige un periodo mínimo de cotización porque la prestación deriva de contingencias profesionales. Las trabajadoras por cuenta propia tienen formularios y declaraciones específicos sobre su actividad.

Cuándo puede empezar

El derecho nace el mismo día en que comienza la suspensión por riesgo durante la lactancia natural. No puede empezar mientras continúe la suspensión y la prestación por nacimiento y cuidado de menor.

No dejes de trabajar por tu cuenta. La evaluación, la certificación del riesgo y la suspensión deben quedar documentadas.

Qué documentos conviene preparar

  • Formulario oficial de solicitud.
  • Informe del Servicio Público de Salud que acredite la lactancia natural.
  • Descripción de la actividad, las tareas y las condiciones del puesto.
  • Declaración empresarial de la situación de riesgo.
  • Certificación médica de la entidad gestora o mutua, si todavía no consta en el expediente.
  • Declaración de que no existe un puesto compatible y de que se suspende el contrato.
  • Certificado de empresa con las bases de cotización solicitadas.
  • La documentación específica de tu régimen, si trabajas por cuenta propia, en el mar o en el sistema especial de empleo de hogar.

Comprueba el formulario vigente porque la entidad puede obtener directamente algunos datos.

Cómo se acredita el riesgo

Primero necesitas un informe del Servicio Público de Salud que confirme la lactancia. Con ese informe y la información del puesto, solicita a la entidad que cubre las contingencias profesionales la certificación médica del riesgo.

Si la entidad considera que el riesgo no está acreditado, puede denegar esa certificación. En ese caso, pide la resolución por escrito y revisa qué evaluación o documento falta.

Dónde se presenta

Presenta la solicitud ante la entidad que cubre las contingencias profesionales: la mutua colaboradora, el Instituto Nacional de la Seguridad Social o el Instituto Social de la Marina, según el caso.

La Seguridad Social ofrece formularios para solicitar tanto la certificación médica como la prestación. Guarda el justificante de presentación y cualquier requerimiento posterior.

Cuánto se cobra

La cuantía general es el 100 % de la base reguladora correspondiente, calculada con las reglas aplicables a la incapacidad temporal derivada de contingencias profesionales.

La cantidad neta puede ser menor por las cotizaciones y retenciones que correspondan.

Cuándo termina

La prestación finaliza cuando el bebé cumple nueve meses. Puede terminar antes si cesa la lactancia natural, desaparece el riesgo, vuelves al puesto anterior, ocupas otro trabajo compatible o finaliza el contrato o la actividad.

Comunica a la entidad pagadora cualquier cambio que pueda terminar o suspender el derecho.

Qué no debes confundir

El permiso para el cuidado del lactante permite ausentarse o reducir la jornada para cuidar. Puede ejercerlo cualquiera de las dos personas progenitoras si cumple los requisitos.

La prestación por riesgo durante la lactancia natural protege a la trabajadora que da lactancia natural frente a un peligro relacionado con su puesto.

Fuentes oficiales

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