Revisado el 31 de julio de 2026

Reclamar horas extra no pagadas

Puedes reclamar horas extraordinarias que la empresa no haya pagado ni compensado con descanso. Primero debes demostrar qué jornada te correspondía y cuánto tiempo trabajaste de más.

Respuesta práctica

Compara tu contrato y convenio con el registro diario de jornada. Anota cada exceso, pide por escrito su pago o compensación y guarda las pruebas. Si reclamas dinero, el plazo general es de un año desde el día en que cada cantidad podía exigirse.

Comprueba si son horas extraordinarias

No todo tiempo que supera ocho horas en un día es automáticamente una hora extra. Primero hay que conocer la jornada ordinaria máxima fijada por tu convenio, contrato y calendario laboral.

El Estatuto de los Trabajadores considera horas extraordinarias las que superan la duración máxima de la jornada ordinaria. La distribución irregular de la jornada y los cambios compensados dentro del periodo previsto pueden alterar el cálculo.

Revisa cómo deben compensarse

El convenio colectivo o el contrato puede establecer si las horas extraordinarias se pagan o se cambian por descanso retribuido. Si se pagan, su valor no puede ser inferior al de una hora ordinaria.

Si no existe pacto, se entienden compensadas con descanso dentro de los cuatro meses siguientes a su realización.

Reúne las pruebas

  • Contrato, calendario laboral y convenio colectivo aplicable.
  • Registro diario de entrada y salida.
  • Resúmenes de jornada entregados con la nómina, si existen.
  • Cuadrantes, turnos, fichajes y partes de trabajo.
  • Correos o mensajes que muestren la hora de inicio, finalización o instrucciones fuera de horario.
  • Nóminas y extractos bancarios.
  • Una tabla propia con fecha, horario previsto, horario real y diferencia.
No alteres los documentos

Guarda copias originales y anota por separado tus cálculos. Una lista propia ayuda a ordenar la reclamación, pero debe apoyarse en pruebas verificables.

Pide el registro y reclama por escrito

Solicita acceso al registro de jornada y pide que la empresa aclare cómo ha calculado y compensado el exceso. Identifica fechas concretas y evita una petición genérica.

La empresa debe conservar el registro diario durante cuatro años y mantenerlo a disposición de las personas trabajadoras, sus representantes y la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.

Calcula la cantidad por periodos

Separa las horas por meses y comprueba el valor previsto en el convenio o contrato. Si no existe una cuantía específica, la hora extraordinaria pagada no puede valer menos que una hora ordinaria.

No mezcles en el mismo cálculo horas extraordinarias, horas complementarias de un contrato a tiempo parcial, pluses de nocturnidad o diferencias salariales. Son conceptos distintos.

Controla el plazo

Para reclamar el pago de horas extraordinarias, el plazo general es de un año desde el día en que cada cantidad podía exigirse. Cada periodo puede tener una fecha diferente.

No esperes a que termine el contrato. Una reclamación tardía puede dejar fuera las cantidades más antiguas.

Presenta la conciliación laboral

Si la empresa no paga, normalmente debes presentar una papeleta de conciliación ante el servicio laboral de tu comunidad autónoma antes de acudir al Juzgado de lo Social. Explica las fechas, el número de horas, el criterio de cálculo y la cantidad reclamada.

Si no hay acuerdo, puedes presentar una demanda de reclamación de cantidad. Busca asesoramiento si el cálculo es complejo o faltan registros.

Denunciar ante la Inspección es una vía distinta

Puedes denunciar incumplimientos sobre jornada, registro u horas extraordinarias ante la Inspección de Trabajo. La Inspección puede investigar y exigir responsabilidades, pero la denuncia no sustituye la reclamación laboral necesaria para obtener el pago.

Casos que necesitan una revisión especial

  • Contrato a tiempo parcial: como regla general no permite horas extraordinarias, salvo trabajos urgentes para prevenir o reparar daños. Las horas complementarias tienen su propio régimen.
  • Trabajo nocturno: las personas consideradas trabajadoras nocturnas no pueden realizar horas extraordinarias.
  • Emergencias: las horas para prevenir o reparar siniestros y daños extraordinarios y urgentes tienen reglas especiales, aunque deben compensarse.

Fuentes oficiales

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