Cómo se utiliza en una compra
Si una vivienda tiene valor de referencia y la compra tributa por ITP, ese valor se utiliza normalmente como base imponible. Si el precio o el valor declarado es mayor, la base será la cantidad más alta.
Cómo se calcula
El Catastro lo determina cada año a partir de módulos basados en compraventas comunicadas por notarios o inscritas en el Registro de la Propiedad. Se aplican factores de minoración para que no supere el valor de mercado.
Diferencia con el valor catastral
El valor catastral se utiliza, entre otros fines, para calcular el Impuesto sobre Bienes Inmuebles. El valor de referencia tiene una función distinta y se utiliza principalmente en el ITP y en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. Uno no sustituye ni modifica automáticamente al otro.
Diferencia con el precio de compra
El precio es la cantidad acordada entre quienes compran y venden. El valor de referencia es un dato fiscal. Si el precio es mayor, no puedes declarar una base inferior al precio. Si el valor de referencia es mayor, normalmente actúa como base mínima.
Cómo consultarlo
- Accede al servicio de valor de referencia de la Sede Electrónica del Catastro.
- Indica la fecha para la que necesitas el valor y la referencia catastral.
- Identifícate mediante uno de los sistemas admitidos.
- Guarda la consulta o el certificado para preparar la autoliquidación.
Qué ocurre si no existe
La inexistencia de valor de referencia no significa que la operación no tribute. La base se determina con las demás reglas legales y la administración tributaria puede comprobar el valor.
Qué hacer si no estás de acuerdo
No se impugna de forma independiente antes de que tenga efecto fiscal. Puedes discutirlo al solicitar la rectificación de la autoliquidación o al recurrir una liquidación de la administración tributaria, aportando las pruebas que justifiquen tu posición.
Fuentes oficiales
- Preguntas frecuentes sobre el valor de referencia — Dirección General del Catastro.
- Consulta del valor de referencia — Sede Electrónica del Catastro.
- Reglas de la base imponible del ITP — Boletín Oficial del Estado.