Pregunta revisada el 30 de julio de 2026

¿Sigo de baja mientras el INSS revisa el alta de la mutua?

Sí. Iniciar el procedimiento suspende los efectos del alta y mantiene provisionalmente la incapacidad temporal durante la revisión.

Respuesta directa

La solicitud de revisión suspende los efectos del alta de la mutua. Durante la tramitación se entiende prorrogada la baja por contingencia profesional y puede mantenerse el pago de la prestación.

Qué significa en la práctica

No debes tratar la solicitud como un recurso sin efecto suspensivo. Guarda el justificante de presentación, informa a la empresa y sigue las indicaciones médicas y administrativas que recibas.

El pago puede regularizarse

La continuidad es provisional. Si el INSS confirma el alta de la mutua o fija una nueva fecha de extinción, puede declarar indebidamente percibidas las prestaciones abonadas desde la fecha que establezca la resolución.

Qué puede decidir el INSS

  • Confirmar el alta original.
  • Mantener la incapacidad temporal porque continúan las limitaciones para trabajar.
  • Resolver qué contingencia corresponde cuando coinciden una baja común y otra profesional.
  • Fijar una fecha posterior de alta si la recuperación se produjo durante la revisión.

Qué debes hacer

  1. Comunica a la empresa la presentación el mismo día o el siguiente hábil.
  2. Atiende los requerimientos y notificaciones del INSS o del ISM.
  3. No realices una actividad profesional incompatible con la prestación durante la tramitación.
  4. Revisa la resolución final y la fecha de efectos.

Fuentes oficiales

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