Organismo revisado el 27 de julio de 2026

Consejo de Transparencia y Buen Gobierno: qué gestiona

Es la autoridad administrativa independiente estatal que tutela el derecho de acceso a la información pública y controla obligaciones de transparencia.

Qué es

El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno, A.A.I., es una autoridad administrativa independiente de ámbito estatal, con personalidad jurídica propia y autonomía para ejercer sus funciones.

Qué funciones tiene

  • Resolver reclamaciones frente a respuestas, denegaciones o falta de respuesta en solicitudes de información pública de su competencia.
  • Controlar y evaluar el cumplimiento de las obligaciones de publicidad activa.
  • Adoptar criterios interpretativos, recomendaciones y guías.
  • Asesorar sobre transparencia y acceso a la información pública.
  • Promover formación y sensibilización.

Cuándo puedes reclamar ante el Consejo

Puedes acudir cuando una solicitud dirigida a la Administración General del Estado o a una entidad de su sector público haya sido denegada, inadmitida, atendida solo en parte o no haya recibido respuesta. La reclamación es potestativa y previa a la vía contencioso-administrativa.

Ámbito autonómico y local

El Consejo estatal no resuelve automáticamente todas las reclamaciones contra comunidades autónomas y ayuntamientos. Algunas comunidades disponen de su propia autoridad de transparencia y otras han atribuido la competencia al Consejo estatal mediante convenio. Comprueba el órgano competente antes de presentar.

Plazo y coste de la reclamación

La reclamación frente a una resolución expresa se presenta, con carácter general, en el plazo de un mes desde el día siguiente a su notificación. El portal oficial del Consejo explica el tratamiento de las reclamaciones por silencio y las particularidades territoriales. La presentación es gratuita.

El plazo máximo legal para resolver y notificar la reclamación es de tres meses.

Cómo presentar una reclamación

La vía más ágil es la sede electrónica del Consejo. También existen cauces alternativos para quienes puedan utilizarlos, como los registros públicos, la presentación presencial o el correo postal. Adjunta la solicitud inicial, el justificante y la respuesta recibida, si existe.

Qué no hace

  • No presenta por ti la solicitud inicial de información.
  • No sustituye a los órganos autonómicos de transparencia cuando estos son competentes.
  • No resuelve consultas generales ajenas al derecho de acceso o a las obligaciones de transparencia.
  • No sustituye a los tribunales cuando eliges la vía contencioso-administrativa.

Canales oficiales

Trámites y guías relacionados

Fuentes oficiales