Primero verifica si la deuda existe y está bien calculada. Después decide si alegas, presentas reclamación previa, pagas íntegramente o aceptas un descuento mensual.
1. Identifica la fase
- Inicio: la entidad comunica que examina un posible cobro indebido.
- Audiencia: dispones de 15 días para alegar y aportar documentos.
- Resolución: fija causa, periodo, cuantía y forma de reintegro.
- Reclamación previa: impugna la resolución antes de acudir al juzgado social.
- Recaudación: se aplican descuentos o la TGSS reclama la deuda si ya no hay prestación.
2. Reconstruye los pagos
Prepara una tabla con cada mensualidad, importe recibido, importe que la entidad considera correcto y diferencia. Añade cambios de ingresos, convivencia, trabajo, residencia, grado o cualquier circunstancia que afectara a la prestación.
3. Comprueba la fecha de efectos
Muchas diferencias nacen de la fecha en la que la Administración considera que debió reducirse o extinguirse el derecho. Contrasta la notificación, la fecha en la que comunicaste el cambio y la regla específica de la prestación.
4. Revisa la prescripción
La obligación de reintegrar prestaciones indebidamente percibidas prescribe, con carácter general, a los cuatro años desde el cobro o desde que pudo ejercitarse la acción para exigir la devolución. La prescripción puede interrumpirse, por lo que no basta con mirar la antigüedad del pago.
5. Presenta alegaciones completas
Responde dentro de los 15 días de audiencia. Explica los hechos en orden, identifica los documentos y señala qué periodos o importes deben excluirse. No limites el escrito a decir que no estás de acuerdo.
6. Separa deuda y forma de pago
Puedes estar conforme con parte de la deuda y discrepar del resto. También puedes aceptar la deuda, pero pedir que se revise el descuento por tus ingresos o proponer un porcentaje superior si quieres cancelar antes.
7. Decide tras la resolución
- Pago íntegro: normalmente se ofrece un plazo de 30 días.
- Descuento mensual: revisa porcentaje, base bruta y duración.
- Reclamación previa: preséntala dentro de los 30 días generales y conserva el resguardo.
- Demanda social: si se desestima la reclamación, controla el nuevo plazo judicial.
8. No confundas procedimientos
El cobro indebido de desempleo se tramita ante el SEPE con reglas propias. La devolución de cuotas pagadas de más a la TGSS es el supuesto inverso: tú eres quien reclama dinero a la Seguridad Social.
Documentos útiles
- Acuerdo de inicio, audiencia y resolución.
- Extractos de pagos de la prestación.
- Comunicaciones presentadas y justificantes.
- Resoluciones sobre trabajo, ingresos, convivencia o residencia.
- Cálculo propio por mensualidades.
- Pruebas de ingresos cuando solicitas protección por pensión baja.
Fuentes oficiales
- Seguridad Social: procedimiento y descuentos.
- Reclamación previa específica.
- Real Decreto 148/1996.
- Orden de 18 de julio de 1997.
- Ley reguladora de la jurisdicción social.