Revisado el 31 de julio de 2026

Qué es el permiso retribuido de formación profesional para el empleo

Es el derecho de quien tiene al menos un año de antigüedad a utilizar veinte horas anuales pagadas para formación profesional relacionada con la actividad de la empresa.

Definición sencilla

Permite dedicar parte de la jornada a formación relacionada con la empresa sin perder el salario. Las horas pueden acumularse durante un máximo de cinco años.

Elementos principales

  • Exige al menos un año de antigüedad.
  • Reconoce veinte horas anuales.
  • El tiempo es retribuido.
  • La formación debe vincularse a la actividad de la empresa.
  • Puede acumularse durante un periodo de hasta cinco años.
  • El convenio o el acuerdo con la empresa concreta el disfrute.

Ejemplo práctico

Una persona trabaja en una empresa logística y solicita formación sobre gestión de almacenes. Presenta el programa y propone utilizar parte de su saldo durante la jornada. La empresa y la persona acuerdan las fechas.

Diferencia con la formación obligatoria

La formación que la empresa debe impartir obligatoriamente por otra norma no consume estas veinte horas. Debe correr a cargo de la empresa conforme a sus reglas específicas.

Diferencia con el permiso para exámenes

El permiso para concurrir a exámenes protege la asistencia a pruebas de estudios regulares para obtener un título académico o profesional. Es un derecho distinto.

Diferencia con el PIF

El Permiso Individual de Formación, o PIF, requiere autorización empresarial y se dirige a determinadas formaciones oficiales. Su sistema permite financiar costes salariales con límites propios.

Diferencia con un curso voluntario fuera del trabajo

Un curso elegido libremente no entra automáticamente en este permiso. Debe cumplir la relación con la actividad de la empresa y las reglas de concreción aplicables.

Qué significa retribuido

Las horas reconocidas mantienen el salario. No deben descontarse de la nómina ni sustituirse por vacaciones.

Qué significa acumulable

Las horas pueden guardarse dentro de un periodo de hasta cinco años. La acumulación debe comprobarse con el convenio, los planes formativos y las horas ya disfrutadas.

Fuentes oficiales

Trámites en los que aparece