Trámite revisado el 28 de julio de 2026

Cómo inscribir una defunción en el Registro Civil

Comprueba primero si el centro sanitario o la persona autorizada ya ha enviado la declaración. La inscripción es obligatoria, pero la familia no siempre tiene que presentarla directamente.

Respuesta directa

La inscripción de la defunción es obligatoria. Si el fallecimiento ocurre en un hospital o centro sanitario, el propio centro debe comunicarlo electrónicamente al Registro Civil. Si ocurre fuera de un centro sanitario, la comunicación debe hacerse a la mayor brevedad posible mediante el personal médico, la familia, una persona autorizada o la autoridad que corresponda.

Qué acredita la inscripción

La inscripción deja constancia oficial de la muerte, la identidad de la persona fallecida y la fecha, hora y lugar del fallecimiento. Una vez practicada, el Registro Civil expide el certificado de defunción y la licencia necesaria para el entierro o la incineración.

Quién debe iniciar la comunicación

  • En un hospital, clínica o centro sanitario: la dirección del centro remite la declaración y el certificado médico.
  • Fuera de un centro sanitario: el personal médico que certifica el fallecimiento, los familiares o una persona autorizada deben informar a la autoridad pública a la mayor brevedad posible.
  • En otros establecimientos o viviendas: también pueden intervenir la dirección del establecimiento, una persona que viva en la casa o la autoridad competente.

Qué documentos necesita el Registro Civil

La base del expediente es la declaración documentada en el formulario oficial y el certificado médico de defunción. El Registro puede pedir información adicional si el certificado falta, está incompleto o existen dudas que deban aclararse.

Cómo se presenta

En la mayoría de los fallecimientos producidos en centros sanitarios, la comunicación se envía electrónicamente y la familia no necesita repetirla. Cuando interviene una empresa funeraria o una persona representante, comprueba que dispone de autorización y pide un justificante del envío.

Cuándo debe hacerse

Si el fallecimiento ocurre fuera de un centro sanitario, la ley exige comunicarlo a la mayor brevedad posible. Cuando la documentación llega completa y no existe un obstáculo legal, la inscripción de la defunción debe practicarse el mismo día de su presentación.

Si hay indicios de muerte violenta

El certificado médico debe indicar si existen indicios de muerte violenta o un motivo por el que no deba expedirse la licencia. En esos casos puede abrirse una actuación judicial. La inscripción por sí sola no autoriza el entierro o la incineración hasta que lo permita el órgano judicial competente.

Qué ocurre después

  1. El Registro Civil revisa la declaración y el certificado médico.
  2. Practica la inscripción si la documentación es suficiente.
  3. Expide el certificado de defunción.
  4. Expide la licencia para el entierro o la incineración cuando no existe impedimento legal.

Antes de volver a presentar documentos

Pregunta al hospital, a la funeraria o a la persona autorizada si la comunicación ya se ha enviado. Presentar de nuevo la misma declaración puede dificultar el seguimiento.

Ver cómo comunicarlo a la Seguridad Social.

Cuando dispongas del certificado de defunción, podrás comunicar el fallecimiento a la Seguridad Social si la persona cobraba una pensión o prestación. Esta gestión es distinta de la inscripción registral.

Después de la inscripción

Fuentes oficiales

También puede ayudarte