Accede a Renta WEB, abre el expediente del ejercicio correcto y consulta el estado de tramitación. Comprueba también el IBAN y cualquier aviso o requerimiento que aparezca.
Quién puede consultarlo
Puede hacerlo la persona titular de la declaración o un representante autorizado. Debes entrar en el expediente correspondiente al ejercicio cuya devolución quieres comprobar.
Cómo acceder
- Abre el servicio oficial de consulta de devoluciones de Renta.
- Identifícate con uno de los sistemas admitidos, como certificado o DNI electrónico, Cl@ve, número de referencia o eIDAS cuando esté disponible.
- Selecciona el ejercicio correcto.
- Abre el expediente y consulta el estado de tramitación.
- Guarda cualquier comunicación o justificante que necesites revisar después.
Qué información conviene revisar
- El estado que aparece en el expediente.
- El importe solicitado a devolver.
- La cuenta bancaria indicada para el abono.
- Los avisos, requerimientos o documentos pendientes.
- La fecha en la que presentaste la declaración.
Qué significan los estados
El expediente puede indicar que la declaración está tramitándose, que se están comprobando datos o que la devolución ya ha sido tramitada. El texto exacto puede cambiar según el momento y el ejercicio.
Que exista una comprobación no significa por sí solo que hayas cometido un error. La Agencia Tributaria puede contrastar la declaración con la información de la que dispone antes de ordenar el pago.
Cuánto tiempo puede tardar
La Administración dispone, con carácter general, de seis meses. Si presentaste dentro del plazo ordinario, el cómputo comienza al terminar ese plazo. Si presentaste fuera de plazo, comienza en la fecha de presentación.
Si pasan los seis meses sin que se ordene el pago por una causa imputable a la Administración, se aplican intereses de demora sobre la cantidad pendiente, sin que tengas que solicitarlos.
Qué hacer si aparece un requerimiento
Lee la comunicación completa, comprueba el plazo de respuesta y aporta solo la documentación solicitada. Guarda el justificante de presentación. No ignores el aviso aunque esperes una devolución.
Cómo revisar o cambiar el IBAN
Consulta la cuenta bancaria que figura en el expediente. Cuando el servicio permita modificarla y el pago todavía no se haya ordenado, utiliza la opción oficial disponible. La cuenta debe cumplir las condiciones indicadas por la Agencia Tributaria.
Coste
La consulta en la sede electrónica de la Agencia Tributaria es gratuita.
Fuentes oficiales
- Cómo consultar una devolución — Agencia Tributaria.
- Consulta del expediente y estado de la devolución — Agencia Tributaria.
- Plazo e intereses de las devoluciones del IRPF — Agencia Tributaria.
- Ley del IRPF, artículo 103 — BOE.
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