En general, tienes un año desde el día en que debía pagarse cada nómina o cantidad laboral. Si te deben varios meses, el plazo se calcula por separado para cada uno.
Desde qué día se cuenta
El plazo empieza cuando la cantidad ya podía reclamarse. Para una nómina, toma como referencia la fecha de pago prevista en el contrato, el convenio o la práctica habitual de la empresa.
El Estatuto de los Trabajadores exige que el salario se pague puntualmente y establece que el periodo de abono de las retribuciones periódicas y regulares no puede superar un mes.
Ejemplo práctico
Si la nómina de marzo debía pagarse el 31 de marzo y no se abonó, el plazo de un año se calcula desde esa fecha. La nómina de abril tendrá un plazo distinto porque venció después.
Cómo evitar que el plazo termine
La solicitud de conciliación laboral interrumpe la prescripción. Presenta una papeleta con la empresa, los hechos, los meses y las cantidades reclamadas. Guarda el justificante de presentación.
Una petición por correo o mensaje puede ser útil como prueba, pero no dejes la protección del plazo en manos de una comunicación informal. Usa la vía laboral adecuada con margen.
No confundas este plazo con el del despido
La reclamación de cantidades tiene, con carácter general, un plazo de un año. La impugnación de un despido tiene un plazo mucho más corto: 20 días hábiles. Si necesitas reclamar ambas cosas, controla los dos plazos por separado.
Qué debes hacer ahora
- 1. Anota la fecha de pago de cada deuda.
- 2. Calcula por separado lo que falta de cada mes.
- 3. Reúne nóminas, contrato, convenio y extractos.
- 4. Presenta la conciliación antes del primer vencimiento.
Fuentes oficiales
- Pago puntual y documental del salario, artículo 29 — BOE.
- Prescripción de percepciones económicas, artículo 59 — BOE.
- Conciliación previa e interrupción de la prescripción — BOE.