Pide el certificado de inscripción de la pareja y el certificado histórico de empadronamiento. No esperes al final para descubrir que las fechas no cubren los periodos exigidos.
1. Anota la fecha de constitución formal
Localiza el día de inscripción en el registro de parejas de hecho o la fecha del documento público. Debe ser, como regla general, al menos dos años anterior al fallecimiento.
2. Comprueba la convivencia
Pide un certificado histórico de empadronamiento conjunto que cubra los cinco años inmediatamente anteriores al fallecimiento. Si el padrón contiene interrupciones o domicilios distintos, reúne otros documentos oficiales y explica la situación al INSS.
3. Revisa si existen hijos comunes
Los hijos comunes permiten no acreditar cinco años de convivencia. Prepara sus certificados de nacimiento. Esta excepción no sustituye la constitución formal de la pareja.
4. Comprueba el estado civil
La pareja de hecho exige que ninguno estuviera casado ni formara otra pareja de hecho. Si la constitución se hizo mediante documento público, la Seguridad Social pide certificados del Registro Civil sobre el estado civil en los dos años anteriores al fallecimiento.
5. Reúne la documentación común
- Documento de identidad.
- Certificado de defunción.
- Formulario de solicitud.
- Documento de representación, cuando otra persona presenta la solicitud.
- Datos bancarios para el pago.
6. Identifica la prestación correcta
Solicita la pensión ordinaria si cumples la constitución formal, la convivencia y los requisitos de la persona fallecida. Si solo falta la antigüedad de dos años de la inscripción, revisa la prestación temporal de viudedad.
7. Presenta la solicitud
Puedes utilizar el portal de prestaciones de la Seguridad Social, enviar la documentación por correo o acudir a un Centro de Atención e Información de la Seguridad Social. Guarda el justificante y una copia de todo lo presentado.
8. Responde a los requerimientos
Si el INSS pide subsanar, aporta el documento o la explicación dentro del plazo indicado. Un requerimiento no significa que la pensión esté denegada.
Lista de comprobación
- ¿La pareja estaba inscrita o constituida en documento público?
- ¿La fecha es al menos dos años anterior al fallecimiento?
- ¿Puedes probar cinco años de convivencia o existen hijos comunes?
- ¿Ninguno mantenía otro matrimonio o pareja de hecho?
- ¿Tienes el certificado de defunción y los documentos de identidad?
Fuentes oficiales
- Documentación oficial de la Seguridad Social.
- Ley General de la Seguridad Social, artículo 221.
- Solicitud oficial de la pensión de viudedad.