Glosario revisado el 5 de agosto de 2026

Representación en notificaciones electrónicas

Actuación de una persona identificada que accede a una notificación electrónica por cuenta de otra con un poder válido.

Definición breve

Es la posibilidad de que una persona abra o gestione una notificación por cuenta de otra, con sus propias credenciales y un poder suficiente.

Definición clara

La representación en notificaciones electrónicas permite que una persona acceda y actúe por cuenta de otra cuando dispone de un poder suficiente y la Administración puede comprobarlo.

Ejemplo práctico

Una empresa otorga poder a una gestoría para actuar ante un organismo. La persona autorizada se identifica con su propio certificado, selecciona a la empresa representada y abre la notificación.

No es compartir credenciales

La persona representante debe utilizar su propia identificación electrónica. Entregar el certificado, la contraseña o el sistema Cl@ve de otra persona no es una forma adecuada de representación.

Diferencia con el aviso

El aviso informa de que puede existir una notificación pendiente. La representación es la facultad jurídica para acceder o actuar por cuenta de la persona interesada.

Qué debe cubrir el poder

La representación debe permitir actuar ante el organismo y realizar la actuación relacionada con la notificación. Un poder limitado a presentar una solicitud concreta puede no cubrir todas las gestiones posteriores. Comprueba su alcance y estado antes de que exista una comunicación pendiente.

Cómo repartir responsabilidades

La persona representante puede acceder, pero la persona interesada sigue necesitando conocer la decisión y sus consecuencias. Estableced un canal para trasladar inmediatamente el contenido, los anexos y la fecha límite. Guardad el justificante de acceso y no compartáis certificados, claves ni contraseñas.

Fuentes oficiales

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