Revisado el 31 de julio de 2026

Solicitar el permiso retribuido por matrimonio o pareja de hecho

Puedes ausentarte del trabajo con remuneración durante quince días naturales cuando contraes matrimonio o registras una pareja de hecho.

Respuesta práctica

Avisa a la empresa por escrito en cuanto conozcas la fecha. Indica si el permiso se debe al matrimonio o al registro de la pareja de hecho, señala cuándo quieres iniciarlo y adjunta el certificado cuando esté disponible. Revisa antes el convenio colectivo, porque puede mejorar la duración o concretar el aviso.

Cuánto dura el permiso

El Estatuto de los Trabajadores reconoce quince días naturales con derecho a remuneración. Los días naturales incluyen sábados, domingos y festivos una vez que ha empezado el permiso.

El convenio colectivo puede reconocer más días o una forma de cómputo más favorable. No puede reducir el mínimo legal aplicable.

Qué situaciones dan derecho

  • Contraer matrimonio.
  • Inscribirse en un registro de parejas de hecho.

La convivencia sin inscripción no aparece por sí sola en esta regla estatal. Si has formalizado la relación mediante escritura pública, pero no existe inscripción, revisa el convenio antes de dar por hecho el permiso.

Cuándo empieza a contar

Si el matrimonio se celebra en un día en el que debías trabajar, ese día forma parte de los quince. Si se celebra en un día no laborable para ti, la doctrina del Tribunal Supremo sitúa el inicio en tu primer día laborable siguiente.

La incorporación expresa del registro de pareja de hecho al Estatuto es posterior a esa jurisprudencia sobre matrimonio. Indica por escrito la fecha propuesta y comprueba el criterio del convenio o de la empresa para evitar desacuerdos.

Con cuánta antelación debes avisar

La ley exige aviso previo y justificación, pero no fija un número general de días para este permiso. Comunícalo tan pronto como puedas. Si el convenio, el contrato o una norma interna válida establecen un plazo, respétalo.

Qué debes incluir en el aviso

  • Tu nombre y puesto o número de empleado.
  • El motivo: matrimonio o registro de pareja de hecho.
  • La fecha del hecho y las fechas propuestas de inicio y fin.
  • La indicación de que aportarás el certificado si todavía no lo tienes.
  • Una solicitud de confirmación por escrito.

Qué justificante puedes presentar

Para el matrimonio puede servir la certificación del Registro Civil. Para la pareja de hecho, presenta el certificado del registro autonómico o local competente.

Los registros de parejas de hecho dependen de comunidades autónomas y ayuntamientos, por lo que el documento y el procedimiento de inscripción cambian según el territorio.

Qué ocurre con el salario

El permiso es retribuido. La empresa debe mantener la remuneración que corresponda conforme a la ley y al convenio. Revisa la nómina del mes en el que lo disfrutes y pide una explicación si aparece un descuento.

Si ya estabas de vacaciones o con el contrato suspendido

No des por hecho que los quince días se trasladan automáticamente. La jurisprudencia sobre matrimonio parte de que la relación laboral está activa y no coincide con vacaciones o una suspensión. Consulta el convenio y solicita una respuesta escrita antes de organizar las fechas.

Si primero registras la pareja y después te casas

La norma estatal no resuelve expresamente si dos actos de la misma pareja generan dos permisos separados. El convenio puede regularlo. Pide el criterio por escrito y no planifiques un segundo permiso sin comprobarlo.

Si la empresa rechaza el permiso

Solicita una respuesta escrita con el motivo. Conserva el aviso, el certificado y el convenio aplicable. Consulta a la representación de las personas trabajadoras o busca asesoramiento laboral antes de ausentarte contra una negativa expresa.

Fuentes oficiales

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