En qué consiste la asistencia
Puedes pedir esta ayuda si eres una persona física no obligada a relacionarte electrónicamente con la Administración y no tienes medios para identificarte o firmar. En un trámite admitido, personal funcionario habilitado puede realizar esa identificación o firma electrónica por ti.
Quién puede pedirla
Está prevista para personas interesadas que no estén incluidas entre los sujetos obligados al canal electrónico. Antes de desplazarte, comprueba si puedes elegir el canal de relación.
Qué actuaciones puede cubrir
- Identificación electrónica en el procedimiento.
- Firma electrónica de una solicitud, declaración, comunicación, recurso, desistimiento o renuncia.
- Presentación de solicitudes a través del registro electrónico cuando el trámite esté habilitado.
- Orientación sobre identificación, firma y uso de la sede.
No está disponible para cualquier trámite
Cada ministerio, organismo o entidad determina previamente los procedimientos en los que puede actuar el personal funcionario habilitado. La oficina debe confirmar que existe habilitación para la actuación concreta. La asistencia tampoco sustituye a un servicio de asesoramiento jurídico ni permite que el funcionario decida el contenido de tu solicitud.
Qué necesitas
- Un documento de identidad válido.
- Los datos y documentos exigidos por el procedimiento.
- La información necesaria para completar la solicitud.
- Tu consentimiento expreso para que el funcionario se identifique o firme electrónicamente en tu nombre.
Cómo solicitarla
- Localiza una oficina de asistencia y revisa si exige cita previa.
- Indica el organismo y el trámite exactos para que comprueben si está habilitado.
- Acude con tu identificación y la documentación preparada.
- Lee el consentimiento antes de firmarlo.
- Revisa la solicitud antes de que se presente.
- Conserva el justificante del trámite y la copia del consentimiento.
Qué debe entregarte la oficina
El personal funcionario habilitado debe entregarte la documentación acreditativa de la actuación realizada y una copia del consentimiento expreso. Comprueba la fecha, el órgano destinatario, el número de registro y la relación de documentos adjuntos.
Si estás obligado al canal electrónico
La asistencia específica mediante funcionario habilitado no está prevista para sustituir tus propios medios cuando perteneces a un colectivo obligado. Puedes utilizar un sistema admitido por el trámite, actuar mediante representante o pedir orientación técnica por los canales de asistencia disponibles.
Fuentes oficiales
- Ley 39/2015, artículo 12.
- Real Decreto 203/2021, artículos 30 y 31.
- Registro de Funcionarios Habilitados.
- Buscador oficial de oficinas.