Trámite revisado el 26 de julio de 2026

Cómo presentar el modelo 900D por un cambio de titularidad

Normalmente la notaría o el Registro comunican la compraventa al Catastro. Si la comunicación no se realizó y el cambio sigue sin incorporarse, utiliza el modelo 900D dentro del plazo general de dos meses.

Respuesta directa

Presenta el modelo 900D si el cambio de titularidad del inmueble no se ha incorporado al Catastro y no se ha realizado una comunicación válida desde la notaría o el Registro de la Propiedad. En una compraventa ordinaria, lo habitual es que no tengas que presentarlo tú.

Cuándo necesitas presentar el modelo 900D

La declaración es necesaria cuando has adquirido la propiedad u otro derecho que debe constar en el Catastro y la alteración no llega mediante uno de los procedimientos de comunicación previstos.

Antes de presentarla, revisa la escritura o pregunta en la notaría si la operación fue comunicada. Los notarios y registradores pueden enviar el cambio cuando consta la referencia catastral y se cumplen los requisitos legales.

Plazo

Cuando existe obligación de declarar, el plazo general es de dos meses. Empieza a contar al día siguiente de la escritura pública o del documento que formaliza el cambio.

No dupliques el trámite.

Si la notaría o el Registro ya comunicaron la operación, consulta primero el estado de la actualización. Presentar otra declaración no acelera necesariamente el expediente.

Quién debe presentarlo

Debe hacerlo la persona que adquiere la propiedad, el usufructo, el derecho de superficie o una concesión administrativa, o su representante. Si varias personas están obligadas por el mismo cambio, basta con que una cumpla correctamente la declaración.

Qué necesitas

  • Datos de identificación y domicilio fiscal del declarante.
  • Referencia catastral del inmueble.
  • Escritura pública, contrato u otro documento que demuestre el cambio y su fecha.
  • Datos de las personas transmitentes y adquirentes, y sus cuotas cuando existan varios titulares.
  • Documento de representación, si actúa otra persona.
  • Los documentos adicionales que pida el asistente según el tipo de alteración.

Cómo presentarlo por internet

Accede al asistente del modelo 900D en la Sede Electrónica del Catastro. Puedes completar la declaración, adjuntar la documentación y firmarla con un sistema admitido.

La presentación electrónica es obligatoria para personas jurídicas y para otros colectivos obligados a relacionarse por internet con la Administración.

Cómo presentarlo sin identificación electrónica

El asistente permite generar una predeclaración. Puedes imprimirla y presentarla con la documentación en los registros admitidos, en una Gerencia del Catastro o, cuando corresponda, en el ayuntamiento donde se encuentra el inmueble.

Qué ocurre después

Conserva el justificante y consulta el expediente. El plazo máximo general para resolver los procedimientos de incorporación catastral es de seis meses, aunque la actualización puede completarse antes.

Cuando recibas la resolución, comprueba el nombre de los titulares, el derecho inscrito, las cuotas y la descripción del inmueble. Si la resolución contiene un error, utiliza la vía de revisión indicada en la notificación.

Ámbito territorial

Este trámite corresponde al Catastro estatal y se aplica en territorio común. Navarra y el País Vasco tienen sistemas catastrales propios.

Fuentes oficiales

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