Pregunta revisada el 29 de julio de 2026

¿Qué hago si la superficie del Catastro no coincide con la realidad?

No presentes una corrección a ciegas. Compara la certificación catastral, la escritura, el Registro y una medición fiable para saber si existe una obra no declarada, un problema de linderos o una discrepancia descriptiva.

Respuesta directa

Obtén la información catastral actual, revisa la escritura y el Registro y, si la diferencia es física, encarga una medición técnica cuando sea necesario. La vía cambia según el origen: declaración, coordinación notarial o registral, recurso o subsanación de discrepancias.

Comprueba qué superficie estás comparando

Una finca puede mostrar superficie de parcela, superficie construida y superficies de cada uso o elemento. Verifica que los documentos comparan el mismo concepto y la misma fecha.

Reúne los documentos

  • Certificación catastral descriptiva y gráfica o consulta actual.
  • Escritura y, cuando proceda, nota simple o certificación registral.
  • Planos, licencia y certificado final de obra si hubo construcción o ampliación.
  • Medición o representación gráfica elaborada por personal técnico si la diferencia afecta a linderos o geometría.

Elige la vía según el origen

  • Obra, ampliación, reforma o cambio de uso no declarado: revisa si corresponde presentar el modelo 900D.
  • Discrepancia de linderos o representación gráfica: puede requerir documentación técnica y coordinación con notaría y Registro de la Propiedad.
  • Dato incorporado por una resolución reciente: revisa el pie de recurso y el plazo indicado en la notificación.
  • Falta de concordancia no causada por una declaración omitida: Catastro puede iniciar de oficio un procedimiento de subsanación de discrepancias.

No confundas Catastro y Registro

Corregir la superficie catastral no modifica automáticamente la descripción registral. Si ambos registros deben cambiar, coordina las actuaciones para evitar que vuelva a aparecer la diferencia.

Antes de comprar o vender

No dejes la discrepancia para después de la firma. Puede afectar a la identificación del inmueble, la financiación, la valoración, los impuestos o la inscripción. Consulta con la notaría y, si procede, con personal técnico y el Registro.

Fuentes oficiales

También puede ayudarte