Regla general
El registro electrónico admite documentos todos los días del año durante las 24 horas. Sin embargo, cuando el plazo está fijado en días hábiles, una presentación realizada en un día inhábil se entiende efectuada en la primera hora del primer día hábil siguiente. Esta regla sirve para determinar si la persona interesada ha cumplido el plazo, salvo que una norma permita expresamente la recepción en día inhábil.
Qué fecha aparecerá en el recibo
El justificante conserva la fecha y hora reales en las que enviaste el documento. Esa marca permite acreditar el orden de las presentaciones realizadas durante el día inhábil. El efecto jurídico sobre el plazo puede trasladarse al primer día hábil siguiente, pero la hora efectiva no desaparece.
Qué calendario se utiliza
Para el registro electrónico se aplica el calendario de días inhábiles publicado por la sede correspondiente, atendiendo al ámbito territorial de su titular. La Ley 39/2015 establece que ese es el calendario aplicable al cómputo del registro electrónico.
Ejemplo práctico
Presentas un escrito el sábado a las 18:40 y el plazo se cuenta en días hábiles. El recibo mostrará el sábado y esa hora, pero la presentación se entenderá realizada en la primera hora del lunes, siempre que el lunes sea hábil y no exista una regla especial.
Si el último día del plazo es inhábil
Cuando el último día de un plazo administrativo es inhábil, la regla general prorroga el vencimiento al primer día hábil siguiente. Aun así, revisa la norma y la convocatoria concreta, porque puede existir un régimen especial.
Qué ocurre con los plazos de la Administración
El inicio del plazo que debe cumplir la Administración se determina por la fecha y hora de presentación en su registro electrónico. La fecha y hora efectiva de inicio deben comunicarse a quien presentó el documento.
Qué debes guardar
- El recibo electrónico completo.
- La copia del escrito.
- La relación de documentos adjuntos.
- El calendario de días inhábiles aplicable si existe una controversia.
Fuentes oficiales
- Ley 39/2015, artículo 31.
- Ley 39/2015, artículo 30.
- Calendarios de días inhábiles.
- Calendario, fecha y hora oficiales de la Sede del PAGe.