Cuándo puede acordarse
La Administración puede suspender el plazo cuando debe decidir varios recursos que nacen del mismo acto. Además, debe existir un recurso judicial contra una resolución administrativa relacionada o contra su desestimación presunta.
La suspensión dura hasta que exista un pronunciamiento judicial. No es una paralización automática: el órgano administrativo debe acordarla.
La Administración debe avisarte
El acuerdo de suspensión debe notificarse a las personas interesadas. Esa decisión puede recurrirse.
Que una persona recurra el acuerdo de suspensión no reactiva por sí solo los demás recursos que siguen suspendidos por proceder del mismo acto.
Qué ocurre después de la sentencia
Cuando exista pronunciamiento judicial, la Administración debe comunicarlo a las personas interesadas. Después puede resolver los recursos sin repetir trámites, salvo que proceda dar audiencia.
Qué debes comprobar en la notificación
- Qué acto común originó los distintos recursos.
- Qué proceso judicial justifica la suspensión.
- La fecha desde la que se suspende el plazo para resolver.
- Qué recurso cabe contra el acuerdo de suspensión.
- El órgano responsable y el número de expediente.
Qué puedes hacer
Guarda el acuerdo y comprueba si describe las condiciones legales. Si no identifica la relación entre los recursos y el proceso judicial, pide acceso al expediente o utiliza el recurso indicado en la propia notificación.