La regla general
Agosto cuenta para presentar un recurso administrativo. No existe una regla general que detenga todos los plazos administrativos durante ese mes.
Antes de calcular el vencimiento, revisa la notificación y la norma del procedimiento. Un trámite concreto puede tener una regla especial.
Si el plazo está fijado en días
Cuando la norma habla de días y no dice que sean naturales, se entienden días hábiles. No cuentan los sábados, los domingos ni los festivos oficiales que resulten aplicables.
Si la norma indica expresamente días naturales, cuentan todos los días, también sábados, domingos y festivos.
Si el plazo está fijado en meses
Los recursos de alzada y reposición contra actos expresos tienen, con carácter general, un plazo de un mes. Se cuenta desde el día siguiente a la notificación, pero vence el mismo número de día del mes siguiente.
Por ejemplo, si la notificación se practica un día 8, el plazo mensual termina el día 8 del mes siguiente. Si ese último día es inhábil, el vencimiento pasa al primer día hábil posterior.
Cuándo puede haber una excepción
- Una norma especial puede establecer un cómputo distinto.
- Una convocatoria o procedimiento concreto puede declarar inhábil un periodo determinado.
- Los plazos judiciales siguen sus propias reglas y no deben confundirse con los plazos administrativos.
Qué debes comprobar
- Guarda la notificación completa y la prueba de la fecha de acceso o entrega.
- Identifica qué recurso procede y si el plazo se expresa en días o meses.
- Consulta el calendario oficial de días inhábiles aplicable al órgano.
- No esperes al último día si necesitas adjuntar documentos o resolver un problema de identificación electrónica.
- Conserva el justificante de registro con la fecha, la hora y los archivos presentados.