Completar el pago correcto, guardar una prueba válida y evitar un segundo cargo si la pantalla se bloquea o no muestra el NRC.
1. Distingue la autoliquidación de la deuda
En una autoliquidación estás pagando el resultado de un modelo que debes presentar. En una liquidación o deuda utilizas una clave emitida por la Administración. Esta diferencia determina los datos solicitados y si después del pago queda pendiente presentar una declaración.
2. Prepara los datos antes de abrir la pasarela
- NIF del obligado tributario.
- Modelo, ejercicio y periodo, si es una autoliquidación.
- Clave de liquidación o número de justificante, si es una deuda.
- Importe exacto y fecha límite.
- Cuenta, tarjeta o acceso al medio de pago elegido.
3. Elige el medio adecuado
La Agencia Tributaria permite, según la gestión, cargo en cuenta, tarjeta o Bizum, transferencia y documento de ingreso para entidad colaboradora. La pantalla oficial indica las condiciones de cada opción. En transferencias, sigue literalmente la referencia y las instrucciones para que el ingreso pueda identificarse.
4. Revisa antes de confirmar
Compara NIF, importe, modelo, ejercicio y periodo con el documento original. No uses un NRC de otro pago ni cambies un dato después de obtenerlo: el código incorpora de forma cifrada los datos principales del ingreso.
5. Guarda tres pruebas
- El justificante de la Agencia Tributaria.
- El NRC, cuando el pago lo genere.
- El movimiento o resguardo de la entidad financiera.
El justificante debe permitir identificar a la persona, la deuda, el importe, la fecha y la entidad que recibió el pago.
6. Comprueba si queda una presentación pendiente
En una liquidación o deuda, el pago finaliza con el justificante. En una autoliquidación, vuelve al modelo y verifica que figura como presentada. Pagar y presentar son pasos distintos cuando la declaración no se envía automáticamente.
7. Si la pantalla falla, no repitas el pago
- Comprueba si existe cargo en la cuenta o tarjeta.
- Usa el botón de recuperación de NRC si aparece.
- Consulta un pago anterior desde la sede.
- Descarga el justificante antes de reintentar.
8. Si el importe no puede pagarse completo
Revisa antes del vencimiento si procede aplazamiento, fraccionamiento o compensación. No realices un pago parcial sin comprobar cómo se aplicará a la deuda.
Fuentes oficiales
- Agencia Tributaria: gestiones de pago.
- Agencia Tributaria: pagar todas mis deudas.
- Agencia Tributaria: información sobre el NRC.
- Agencia Tributaria: consultar pagos anteriores.
- Reglamento General de Recaudación: justificantes y certificaciones.