Utiliza la equivalencia si necesitas acreditar en España que tu título universitario extranjero corresponde a un nivel académico de Grado o Máster. Si necesitas ejercer una profesión regulada incluida en el Real Decreto 889/2022, revisa primero la homologación.
Para qué sirve la equivalencia
La equivalencia reconoce el nivel académico del título extranjero y produce efectos académicos y administrativos en España. Puede servir, por ejemplo, para acreditar el nivel de la titulación ante un empleador, para determinados procesos selectivos o para continuar estudios cuando la institución lo requiera.
No habilita por sí sola para ejercer una profesión regulada cuando esa profesión exige homologación o un procedimiento específico de reconocimiento profesional.
Qué títulos pueden solicitarla
El Ministerio indica que el título debe corresponder a un nivel universitario de Grado o Máster. Para Grado, la referencia mínima publicada es una formación oficial de al menos tres años a tiempo completo o 180 ECTS equivalentes; para Máster, al menos un año o 60 ECTS y acceso a doctorado.
La equivalencia al nivel académico de Doctor no se tramita por este procedimiento estatal: corresponde a las universidades españolas.
Cómo se presenta
La solicitud se realiza exclusivamente a través de la sede electrónica. Después de presentarla puedes consultar el estado del expediente desde la propia sede.
Documentación habitual
- Documento de identidad y nacionalidad.
- Título universitario oficial o certificación que acredite su expedición.
- Certificación académica o Suplemento Europeo al Título con duración, asignaturas y carga horaria o créditos.
- Legalización o Apostilla de La Haya cuando corresponda. Los documentos expedidos por autoridades de la UE, EEE y Suiza están exentos de legalización en este procedimiento.
- Traducción oficial al castellano cuando sea necesaria.
- Justificante del pago cuando no se haya efectuado y registrado el pago telemáticamente.
Cuánto cuesta
La tasa publicada actualmente para la equivalencia universitaria es de 166,50 €. El Ministerio permite pago telemático, modelo 790-107 y, en determinados casos, transferencia. Verifica siempre las instrucciones actuales antes de realizar el ingreso.
Plazo de resolución
El plazo máximo legal es de seis meses desde que la solicitud entra en el registro electrónico. Un requerimiento de subsanación o de documentación puede suspender el cómputo en los términos previstos por la normativa.
Si no recibes resolución dentro del plazo máximo, la solicitud puede entenderse desestimada por silencio administrativo, sin perjuicio de que la Administración deba dictar resolución expresa.
Qué recibes si es favorable
Una resolución favorable conlleva la expedición de un certificado de declaración de equivalencia, que se entrega por medios electrónicos y se inscribe en la sección correspondiente del Registro Nacional de Titulados Universitarios Oficiales.
Fuentes oficiales
- Declaración de equivalencia de títulos extranjeros de educación superior — Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades.
- Tasa — Portal Valida-TE.
- Real Decreto 889/2022 — BOE.
También puede ayudarte
- Elegir entre homologación, equivalencia y convalidación.
- Homologar un título para una profesión regulada.
- Organizar otros trámites al llegar a España.
- Preparar la documentación para el reconocimiento del título
- Comprobar si debes apostillar o legalizar los documentos
- Comprobar si necesitas traducción oficial
- Subsanar un expediente si te piden documentación
- Consultar el estado de tu expediente
- Pedir una ampliación del plazo de subsanación