Qué debes revisar en el acuerdo
- Qué órgano lo ha dictado y cuándo te lo notificó.
- Por qué se agotaron los medios personales y materiales disponibles.
- Qué actuaciones intentó la Administración antes de ampliar el plazo.
- Cuánto se amplía y cuál es la nueva fecha máxima para resolver y notificar.
Quién puede acordarla
La decide el órgano competente para resolver. Puede hacerlo a propuesta del órgano instructor o, en su caso, el superior jerárquico del órgano que debe resolver.
Cuál es el límite
El tiempo añadido no puede superar el plazo establecido para tramitar el procedimiento. Si el plazo inicial era de tres meses, la ampliación no puede añadir más de otros tres meses.
El artículo 23 amplía el tiempo de la Administración. Si necesitas más tiempo para presentar un documento, la regla general está en el artículo 32 y tiene requisitos distintos.
¿Se puede recurrir el acuerdo?
No cabe un recurso independiente contra el acuerdo que decide la ampliación. Esto no impide plantear la cuestión, cuando corresponda, al recurrir la resolución final.
Cómo calcular la nueva fecha límite
Parte de la fecha de inicio que corresponda al procedimiento y aplica el plazo máximo inicial junto con el tiempo añadido por el acuerdo. Después incorpora por separado los periodos de suspensión que se hayan comunicado. La ampliación no reinicia el expediente desde la fecha de su notificación: modifica el tiempo total disponible para resolver y notificar.
Si el acuerdo no permite comprobar el cálculo
Pide que identifiquen el plazo inicial, la duración exacta de la ampliación y las suspensiones utilizadas. Conserva el acuerdo y las comunicaciones anteriores en orden cronológico. Aunque el acuerdo no tenga un recurso independiente, podrás plantear un cálculo incorrecto al impugnar la resolución final cuando proceda. Mientras tanto, sigue atendiendo tus propios requerimientos y plazos.